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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Viernes, 11 de noviembre de 2016 Pág. 50063

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 1177/2013).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Emma María Casas Bernabeu contra Landro Albañilería, S.L., Landro Estructuras, S.L., General de Subcontratas, S.L., Estructuras Cubafer, S.L., Andrés Fernández Díaz, Construcciones Landro, S.L., registrado como procedimiento ordinario 1177/2013, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Landro Albañilería, S.L., Landro Estructuras, S.L., General de Subcontratas, S.L., Estructuras Cubafer, S.L., Andrés Fernández Díaz, Construcciones Landro, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 29.11.2016, a las 11.30 horas, en la planta baja, sala 1, Edificio de la calle Berlín, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Pueden comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y de que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Landro Albañilería, S.L., Landro Estructuras, S.L., General de Subcontratas, S.L., Estructuras Cubafer, S.L., Andrés Fernández Díaz, Construcciones Landro, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios de esta oficina judicial.

Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2016

La letrada de la Administración de justicia