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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 11 de octubre de 2016 Pág. 46519

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 20 de septiembre de 2016 por la que se clasifica de interés educativo la Fundación Anxos.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Anxos con domicilio en la calle Áspera, número 3, en Nigrán (Pontevedra).

Hechos:

1. El 9 de mayo de 2016 Anunciación Gloria González Pérez, presidenta del Patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Anxos fue constituida en escritura pública otorgada en Vigo (Pontevedra) el 18 de enero de 2016, ante el notario Ernesto Regueira Núñez, con número de protocolo 111, por Paula María González Pérez, Alfonso Paz Andrade Rodríguez, Elizabeth An Taylor, Nuria Casal Domínguez y Anunciación Gloria González Pérez que actúan en su propio nombre y derecho.

Esta escritura fue corregida por otras dos otorgadas en la misma ciudad y ante el mismo notario: una correspondiente al 5 de julio de 2016 con número de protocolo 1.680; y otra de 20 de julio de 2016 con número de protocolo 1.816.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto ayudar y orientar a niños y jóvenes en el desarrollo integral de su ser, potenciando todas sus capacidades e inteligencias múltiples, con las metodologías más avanzadas, a través de la música clásica, la ciencia, el arte, la bioenergética, la naturaleza, el deporte y las terapias naturales.

4. El Patronato inicial de la Fundación está formado por Anunciación Gloria González Pérez como presidenta; Alfonso Paz Andrade Rodríguez como vicepresidente; Nuria Casal Domínguez como secretaria; y Elizabeth An Taylor y Paula María González Pérez como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés educativo de la Fundación Anxos, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del Patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés educativo y su adscripción a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 12 de septiembre de 2016.

DISPONGO:

Clasificar de interés educativo la Fundación Anxos, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2016

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia