Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2016
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 5/2016,
de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en su reunión celebrada el día 26 de julio de 2016, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 21.2, 22.5, 39.1, 44.1.h), 49.3, 50, 52, 88.1.f), 102.1, 115.1 y 117.1 y 2 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.
Segundo. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Tercero. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertarlo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Madrid, 26 de julio de 2016
Cristóbal Montoro Romero Alfonso Rueda Valenzuela
Ministro de Hacienda y Administraciones Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Públicas Administraciones Públicas y Justicia