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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 25 de agosto de 2016 Pág. 37868

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 5 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro y se procede a la convocatoria para el año 2016.

BDNS (identif.): 315361.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales a la fecha de publicación de la convocatoria, que establezcan acciones específicas de conformidad con su escritura pública y/o con sus estatutos para la inserción, preferentemente, de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades sin ánimo de lucro señaladas en el artículo 3 de la orden, a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctima de violencia, para la realización de servicios de interés general y social (procedimiento TR352A) al objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 5 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro y se procede a la convocatoria para el año 2016.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan ocho millones cien mil euros (8.100.000 euros).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia, excepto las solicitudes de ayudas y subvenciones para la contratación de mujeres víctima de violencia, que podrán presentarse hasta el 15 de noviembre. A estos efectos se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si este último día es inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 5 de agosto de 2016

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria