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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 1 de agosto de 2016 Pág. 33829

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2016, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se da publicidad a las resoluciones de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de fecha 28 de marzo de 2016, de concesión e inadmisión de ayudas al amparo de la Orden de 28 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el pago de parte de la factura eléctrica a través del tícket eléctrico social de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (publicada en el Diario Oficial de Galicia número 248, de 30 de diciembre de 2015).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE núm. 226, de 17 de septiembre), y en el artículo 11 de la Orden de 28 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el pago de parte de la factura eléctrica a través del tícket eléctrico social de Galicia, se procede por medio de esta resolución a dar publicidad a las resoluciones de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, de fecha de 16 de junio de 2016, por las que se conceden e inadmiten ayudas solicitadas al amparo de la citada Orden de 28 de diciembre de 2015 (2ª resolución).

Los interesados podrán consultar la información detallada de las resoluciones en la siguiente dirección https://ticketelectrico.xunta.es/dxem/consulta/ así como en el enlace habilitado en la página web de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Asimismo, se hace saber a los interesados que contra las citadas resoluciones, que son definitivas en vía administrativa, cabe interponer, en su caso:

1. Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente a su publicación, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. O bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación.

Santiago de Compostela, 8 de julio de 2016

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas