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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 29 de julio de 2016 Pág. 33366

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 11 de julio de 2016 por la que se clasifica de interés sanitario a la Fundación Neuroburgas Dano Neurolóxico.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Neuroburgas Dano Neurolóxico con domicilio en la avenida de Buenos Aires, número 63, en Ourense.

Hechos:

1. El 9 de junio de 2016, la Fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Neuroburgas Dano Neurolóxico fue constituida en escritura pública otorgada en Ourense el 26 de mayo de 2016, ante la notaria María Isabel Louro García, con número de protocolo 635, por Delfín Campos Castro y Fernando Villarino Rodríguez que actúan en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene el objetivo de atender adultos y niños dependientes neurológicos y sus familiares, atendiendo de forma individual cada caso. Se valora y se trata a cada persona y familia utilizando una metodología multidisciplinar, personalizada y participativa (tanto para el paciente como la familia).

Se busca así potenciar y desarrollar habilidades que favorezcan la autonomía de la persona, potenciar estrategias terapéuticas para la recuperación o la compensación funcional y reducir el impacto social de la discapacidad y/o dependencia del individuo y en la familia.

Además, se ofrece formación y asesoramiento a familiares y cuidadores en todo lo referente al manejo de cada persona y su cuadro neurológico, así como los problemas que puedan encontrar en su vida diaria.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Delfín Campos Castro como presidente; Fernando Villarino Rodríguez como vicepresidente; Sandra Quintana Caseiro como secretaria; y Cristina López González como vocal.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés sanitario de la Fundación Neuroburgas Dano Neurolóxico, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés sanitario y su adscripción a la Consellería de Sanidad.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del registro de fundaciones de interés gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de Fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 4 de julio de 2016.

DISPONGO:

Clasificar de interés sanitario la Fundación Neuroburgas Dano Neurolóxico, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2016

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia