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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miércoles, 20 de julio de 2016 Pág. 31643

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 23 de junio de 2016, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-00639-O-2016).

La persona titular de la Jefatura Territorial de A Coruña dictó la resolución del expediente sancionador número XC-00639-O-2016 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sncionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad de A Coruña.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

A Coruña, 23 de junio de 2016

César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

XC-00639-O-2016

0020-CSW

Sanxenxo Explotaciones Forestales

B94107760

La falta de consignación del lugar de comienzo o del final de utilización en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso.

28.1.2016; 17.38; DP-7206; 0,0

Art. 142.4 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

301 euros