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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miércoles, 6 de julio de 2016 Pág. 28856

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 10 de junio de 2016 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/49/2015-RP1, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 13 de mayo de 2016, dictó resolución por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en la construcción de una edificación para usos residenciales, en el lugar de Vilanova, en el término municipal de Cotobade, provincia de Pontevedra, que no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, y la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, así como el cese definitivo de los usos a los que hubiesen dado lugar. La orden de demolición deberá ser ejecutada en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la presente resolución, dando cuenta a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Manuel Ogando García, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística