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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Jueves, 16 de junio de 2016 Pág. 24596

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 6 de junio de 2016 por la que se autorizan proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional en centros educativos, en colaboración con diversas entidades.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria pretende fomentar la colaboración de las empresas en el desarrollo de la formación profesional del sistema educativo, al objeto de adecuar las enseñanzas de los ciclos formativos a las necesidades específicas de formación que demandan las empresas.

El Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, regula, entre otras cuestiones, determinados aspectos de la formación profesional dual, que combina los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.

La disposición adicional segunda del Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, determina que la consellería con competencias en materia de educación promoverá la colaboración con las empresas y las entidades empresariales y, en particular, con las más implicadas en sectores clave de la economía gallega y las relacionadas con los sectores emergentes. Esta colaboración tiene como finalidad, entre otras, la posibilidad de impartir módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional o módulos formativos incluidos en certificados de profesionalidad en las instalaciones de las empresas, a fin de garantizar que la formación se realice con los equipos propios de la actividad, así como la actualización profesional.

La Orden de 12 de julio de 2011 regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.

En su virtud, a fin de poner en funcionamiento proyectos de formación profesional dual de carácter experimental en colaboración con diversas entidades, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, haciendo uso de las competencias que le confiere el artículo 34.6 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONE:

Artículo 1. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto la autorización e implantación de proyectos experimentales de formación profesional dual de ciclos formativos de formación profesional por el régimen de personas adultas en centros educativos, en colaboración con diversas entidades. Estos proyectos combinan los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.

Esta implantación puede ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, en el marco del objetivo temático 10 «Invertir en educación, formación y formación profesional para adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente» y por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

2. La relación de centros educativos, ciclos formativos y entidades colaboradoras en las que se autorizan los proyectos de formación profesional dual se establece en el anexo II.

3. La distribución de módulos para cada ciclo formativo y curso escolar se establece en el anexo III.

Artículo 2. Requisitos de las personas solicitantes

Para poder acceder a estos proyectos de formación profesional dual, las personas aspirantes deberán cumplir lo siguiente:

a) Tener entre dieciocho y veintinueve años o cumplidos en el año natural en que comience el ciclo formativo.

b) Cumplir los requisitos de acceso a los ciclos formativos establecidos en el artículo 41 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora educativa, o en la disposición adicional tercera de esta última ley, para poder matricularse en todos los módulos profesionales del ciclo correspondiente, y que se detallan en el modelo de solicitud, en el anexo I de esta orden.

c) Carecer de la cualificación profesional, obtenida y reconocida por el sistema de formación para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo o la ocupación objeto del proyecto.

d) No haber realizado con anterioridad un contrato de formación y aprendizaje, y cumplir los requisitos establecidos en la normativa laboral vigente para poder efectuarlo.

e) No haber superado ningún módulo profesional del ciclo formativo del proyecto solicitado, excepto que se haya cursado en otro ciclo formativo.

Artículo 3. Lugar y plazo de presentación de la solicitud

1. Cada solicitante presentará una única solicitud, según el modelo del anexo I, que se entregará en uno de los centros que figuran en el anexo II y se dirigirán a la dirección del centro educativo.

Si la persona solicitante presenta más de una solicitud o solicita más de un proyecto, no se tendrá en cuenta su petición.

2. Este modelo de solicitud estará disponible en la Guía de procedimientos y servicios, en la dirección https://sede.xunta.es, en las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y en la página web http://www.edu.xunta.es/fp

3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 17 de junio hasta las 13.00 horas del día 28 de junio de 2016.

Artículo 4. Documentación

La solicitud de admisión, anexo I, irá acompañada de la siguiente documentación:

a) Copia del DNI o NIE de la persona solicitante, en caso de no dar el consentimiento para la comprobación de los datos de identidad en el sistema de verificación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 2 del Decreto 255/2008, de 23 de octubre.

b) En caso de no haber realizado los estudios o las pruebas de acceso en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, certificación académica en la que conste el expediente académico y el depósito del título, en su caso, o el certificado de superación de la prueba de acceso al ciclo formativo o de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

c) Curriculum vitae con el formato Europass, que se podrá elaborar en la dirección:

https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae

Artículo 5. Procedimiento de admisión y matrícula

1. El procedimiento de admisión se realizará en dos fases:

a) En la primera fase, el centro educativo, una vez analizada la documentación presentada y verificados los requisitos de las personas solicitantes, hará pública en el tablón de anuncios, en el plazo máximo de un día hábil desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de personas solicitantes, ordenada alfabéticamente, con indicación del requisito de acceso al ciclo formativo.

Esta publicación se realizará, asimismo, en la página web de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria: http://www.edu.xunta.es/fp

Contra este listado, el alumnado solicitante podrá presentar ante la dirección del centro la correspondiente reclamación en el plazo de dos días hábiles desde tal publicación.

Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, en el plazo de dos días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones, se publicará en el tablón de anuncios del centro educativo y en la página web http://www.edu.xunta.es/fp el listado con la relación definitiva de personas solicitantes. Asimismo, el centro educativo procederá en la misma fecha al envío de dicho listado a la entidad colaboradora.

b) En la segunda fase, la entidad colaboradora, a partir del listado facilitado por el centro educativo y en el plazo máximo de siete días hábiles, seleccionará a las personas que tengan el perfil que mejor se adapte a las características de la actividad propia de la empresa, que no podrán exceder del número máximo de alumnado al que se refiere el punto 1 del artículo 6 de esta orden. La empresa comunicará al alumnado los criterios y los procedimientos utilizados en la selección con anterioridad a su realización.

Estas actuaciones serán realizadas por personal de la empresa junto con una persona representante del centro educativo, de modo que la selección pueda garantizar que se cubre el número mínimo de plazas que la empresa se compromete a acoger en sus instalaciones.

Finalizado el período de selección, en el siguiente día hábil, el centro educativo publicará en el tablón de anuncios el listado de personas admitidas, el listado de personas en espera ordenadas por orden de prioridad, y el listado de personas no seleccionadas.

Esta publicación se realizará, asimismo, en la página web de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria: http://www.edu.xunta.es/fp

2. En el plazo máximo de dos días hábiles desde la publicación de los listados a los que se refiere el punto anterior, las personas admitidas se deberán matricular en la secretaría del centro correspondiente.

3. Contra la relación definitiva de solicitantes a la que se refiere el punto 1, apartado a), y contra los listados de personas admitidas a que se refiere el punto 1, apartado b), las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada, en el plazo máximo de un mes, ante la persona titular de la jefatura territorial correspondiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Artículo 6. Plazas ofertadas y número mínimo de solicitudes de matrícula

1. El número máximo de alumnos y alumnas con matrícula en el proyecto experimental de formación profesional dual será el establecido en los convenios subscritos entre la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y la entidad colaboradora correspondiente; en todo caso, será como máximo de treinta alumnos/as por ciclo formativo.

Los convenios podrán ser consultados en la dirección:

http://www.edu.xunta.es/fp/convenios-dual

2. La autorización de la oferta del proyecto experimental de formación profesional dual quedará condicionada a que exista un número mínimo de doce personas seleccionadas. Un número menor de personas seleccionadas exige la autorización expresa de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa para poner en funcionamiento este proyecto experimental de formación profesional dual, y mientras que no se disponga de esta autorización no se podrá formalizar matrícula alguna.

Artículo 7. Objeto y modalidad de desarrollo de la formación profesional dual

1. Los proyectos experimentales de formación profesional dual de esta orden se realizan según lo establecido en el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y tienen por objeto la cualificación profesional de los trabajadores y de las trabajadoras en un régimen de alternancia de la actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema educativo.

2. La actividad formativa inherente a estos proyectos será la necesaria para la obtención del título de técnico o técnico superior correspondiente, sin perjuicio de poder incluir formación complementaria para dar respuesta tanto a las necesidades del alumnado como a las necesidades de las empresas.

3. Estos proyectos de formación profesional dual se desarrollarán, según lo establecido en el artículo 3.1, apartado b), del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, a través de la modalidad de formación compartida entre el centro educativo y la empresa, que consiste en que la empresa facilite los espacios, las instalaciones y/o las personas expertas para impartir parcialmente determinados módulos profesionales. En el centro educativo, los módulos profesionales se impartirán por el profesorado del cuerpo de catedráticos y catedráticas de enseñanza secundaria, del cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria y del cuerpo de profesorado técnico de formación profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el curriculum vitae correspondiente

Artículo 8. Plan de formación y aprendizaje

1. Estos proyectos de formación profesional dual tendrán una duración como máximo de tres años y se impartirán de acuerdo con la distribución de módulos del anexo III para cada ciclo formativo y curso escolar.

2. Estos proyectos incorporarán, entre otros aspectos, la programación para cada uno de los módulos profesionales con arreglo a lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial, que recogerá las actividades que haya que realizar en el centro educativo y en la empresa, así como el calendario, la jornada y los horarios en los que se realizará la actividad laboral en la empresa y la correspondiente actividad formativa.

3. La distribución de la formación curricular, la distribución global del proyecto, la temporalización de los módulos profesionales, la adquisición, por parte del alumnado, de cualificaciones y unidades de competencia y la especificación de las horas de formación que se realizarán en el centro educativo y en la empresa para cada módulo profesional, están recogidas en cada uno de los convenios subscritos entre la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y la entidad colaboradora correspondiente. Los convenios podrán ser consultados en la dirección http://www.edu.xunta.es/fp/convenios-dual

Artículo 9. Tutoría y desarrollo de la formación

1. La entidad colaboradora designará una persona como tutor o tutora que, entre otras cosas, será responsable del seguimiento de la actividad formativa y de la comunicación con el centro de formación.

2. El centro educativo designará una persona como tutor o tutora del grupo de alumnado que, además de las funciones que se establecen en el artículo 21 de la citada Orden de 12 de julio de 2011, será responsable de la coordinación del equipo docente y será la interlocutora con la empresa para el desarrollo de la actividad formativa.

3. La actividad formativa en la empresa y en el centro educativo será coordinada por los tutores y las tutoras mediante reuniones de control con una frecuencia mínima mensual, en las que se realizará el seguimiento de cada alumno o alumna.

Artículo 10. Evaluación

1. La evaluación del alumnado será responsabilidad del profesorado de los módulos profesionales del centro educativo, teniendo en cuenta las aportaciones de las personas expertas de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en esta. La valoración del grado de consecución de los resultados de aprendizaje establecidos en el curriculum vitae del ciclo formativo se hará tomando como referencia inmediata los criterios de evaluación establecidos para cada módulo profesional.

2. A lo largo del período formativo correspondiente, el profesorado de cada módulo realizará un seguimiento del desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de conformidad con el artículo 23 de la citada Orden de 12 de julio de 2011, utilizando para ello los instrumentos y los procedimientos de recogida de información previamente establecidos en la programación de los módulos. A tal fin, se podrá establecer un plan individualizado por alumna o alumno.

3. La evaluación de final de módulos de cada año del proyecto se corresponderá siempre con la finalización el periodo formativo de los módulos realizados en el centro educativo y en la empresa.

Artículo 11. Módulo de formación en centros de trabajo

A la finalización del proyecto de formación profesional dual, el alumnado que haya superado todos los módulos profesionales del ciclo formativo correspondiente que componen el proyecto, se eximirá de la realización del módulo de formación en centros de trabajo.

Artículo 12. Continuidad en el proyecto de formación profesional dual por parte del alumnado

1. Para poder continuar en el proyecto de formación profesional dual, el alumnado seleccionado deberá superar la totalidad de los módulos profesionales del ciclo formativo correspondiente previstos para cada curso académico según el plan de formación que se establece en el anexo III de esta orden. Sin embargo, se podrá continuar sin cumplir el anterior requisito por razones debidamente motivadas y con autorización de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

2. Asimismo, el alumnado será excluido del proyecto de formación dual en los siguientes casos:

a) Por faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas.

b) Por actitud incorrecta, atendiendo al código disciplinario de la empresa, o por falta de aprovechamiento.

c) Para el alumnado con contrato de formación y aprendizaje, por la extinción del contrato por cualquiera de las causas que se establecen en el artículo 13 del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.

3. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, según el artículo 32 del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, articulará las medidas necesarias para que el alumnado que no supere algún módulo y no sea excluido del proyecto por alguno de los casos recogidos en los apartados a) y b) del punto anterior, se le facilite la continuación de las enseñanzas del ciclo correspondiente.

4. El alumnado que cumpla las condiciones para continuar en el proyecto en los cursos siguientes tendrá plaza garantizada y deberá entregar la solicitud de reserva para cada curso académico en el plazo ordinario establecido en la normativa.

Con la solicitud se entenderá que el alumnado solicita la matrícula en la totalidad de los módulos ofertados, según el plan de formación que se establece en el anexo III de esta orden. En el último curso del proyecto, además de estos módulos, el alumnado se deberá matricular del módulo de Formación en centros de trabajo y, en el caso de los ciclos de grado superior, del módulo de Proyecto.

Artículo 13. Módulo de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior

Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora del módulo de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior, este módulo profesional se desarrollará durante el último año de los proyectos de formación profesional dual.

Artículo 14. Módulos profesionales ya superados o convalidados

1. El alumnado que haya superado o convalidado un módulo profesional del ciclo formativo solicitado por haber realizado otro ciclo formativo o tener acreditada alguna unidad de competencia deberá asistir a la totalidad de las actividades, profesionalizadoras o formativas, que haya que realizar en la empresa.

2. En materia de convalidaciones se realizará con arreglo a lo establecido en su norma reguladora.

Artículo 15. Comunicación a la inspección

La dirección del centro educativo, quince (15) días antes del inicio de la actividad formativa en las empresas, remitirá a los servicios de inspección educativa de las respectivas jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria una copia del convenio de colaboración, la relación del alumnado matriculado en el ciclo formativo y el nombre de la empresa en donde vaya a realizar su formación. Los servicios de inspección trasladarán esta información a la Inspección de trabajo.

Se utilizará el mismo procedimiento para comunicar las bajas o posibles modificaciones del alumnado en la empresa.

Artículo 16. Protección de datos de carácter personal

Con arreglo a la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación se autoriza por las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado «Alumnado» cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante esta misma secretaría general técnica, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, Edificio Administrativo San Caetano, s/n, 15704 Santiago de Compostela o a través de un correo electrónico a sxfp@edu.xunta.es

Artículo 17. Consentimientos y autorizaciones

La tramitación del procedimiento requiere la verificación de datos en poder de las administraciones públicas. Por lo tanto, los modelos de solicitud incluirán autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En el caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, se deberán presentar los documentos comprobantes de los datos en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

Artículo 18. Modelos normalizados de formularios

Para cualquier otro trámite distinto a la presentación de la solicitud, la sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán presentarse en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición adicional primera. Plazas ofrecidas por el régimen de personas adultas

Una vez finalizado el proceso de matrícula en los ciclos formativos en el período extraordinario de septiembre, en el caso de que el centro educativo tuviese autorizados los mismos módulos por el régimen para las personas adultas que los autorizados en el proyecto de formación profesional dual, se podrán adjudicar plazas por el régimen de personas adultas, hasta completar el número máximo de plazas que se ofrecen con carácter general para este tipo de enseñanza, a las personas de la lista de espera con el orden de prioridad establecida. Estas personas recibirán la formación de los módulos profesionales del ciclo formativo exclusivamente en el centro educativo con el mismo itinerario de formación que el establecido para el proyecto de formación profesional dual y podrán, si la empresa lo considera y en las condiciones que se determinen, incorporarse al proyecto de formación profesional dual de haber alguna vacante.

Disposición adicional segunda. Ordenación académica y evaluación del alumnado

Todos los aspectos relativos a la ordenación académica y a la evaluación sobre formación profesional inicial no recogidos en esta orden se regirán por las normas que con carácter general regulan las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo vacante.

Disposición adicional tercera. Solicitud de admisión a ciclos formativos en el plazo ordinario y simultáneamente en los proyectos de formación profesional dual

Las personas que participen en el procedimiento de admisión y matrícula para los proyectos de formación profesional dual autorizados en esta orden, también podrán si así lo desean, realizar la solicitud de admisión a ciclos formativos de grado medio o de grado superior en el régimen ordinario o para personas adultas, en la modalidad presencial o a distancia, en el plazo ordinario de junio-julio de 2016. En este caso:

a) Las personas seleccionadas en alguno de los proyectos de formación dual y que se matriculen en el ciclo del proyecto solicitado están renunciando expresamente a seguir en el procedimiento de admisión a ciclos formativos; no serán adjudicadas y no podrán formalizar matrícula alguna en la modalidad presencial o a distancia.

b) Las personas no seleccionadas en los proyectos de formación dual seguirán en el procedimiento de admisión a ciclos formativos y, en su caso, se le podrá adjudicar una plaza para que posteriormente realicen la matrícula en los plazos establecidos.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución

Se autoriza a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos para adoptar las medidas precisas para la ejecución de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2016

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

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ANEXO II

Centros educativos, ciclos formativos y entidades colaboradoras
en que se autorizan los proyectos de formación profesional dual

Ayuntamiento

Código de centro

Centro educativo

Código de ciclo

Ciclo formativo

Entidad colaboradora

A Coruña

15027897

CIFP Paseo das Pontes

SHOT05

Dirección de Cocina

Arlea Hotels S.L.U.

A Coruña

15027897

CIFP Paseo das Pontes

SHOT01

Dirección de Servicios de Restauración

Paradores de Turismo de España, S.A.

A Coruña

15005269

IES Urbano Lugrís

SELE01

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

Gas Natural SDG, S.A

Ribeira

15014556

CIFP Coroso

MINA03

Elaboración de Productos Alimentarios

Salica Alimentos Congelados

Santiago de Compostela

15016000

CIFP Compostela

SHOT01

Gestión de Alojamientos Turísticos

Arlea Hotels, S.L.U.

Santiago de Compostela

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

SELE01

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

Arlea Hotels, S.L.U.

Chantada

27003175

IES Val do Asma

SADG01

Administración y Finanzas

Citadel

Chantada

27003175

IES Val do Asma

SHOT02

Agencias de Viajes y Gestión de Eventos

Restel

Ourense

32009131

IES Universidade Laboral

MTMV01

Carrocería

Unidad de Vehículos Industriales, S.A

Pontevedra

36020064

CIFP Carlos Oroza

SHOT05

Dirección de Cocina

Arlea Hotels, S.L.U.

Pontevedra

36020064

CIFP Carlos Oroza

SHOT01

Dirección de Servicios de Restauración

Arlea Hotels, S.L.U.

Vigo

36013448

CIFP Manuel Antonio

SHOT01

Dirección de Servicios de Restauración

Arlea Hotels, S.L.U.

Vigo

36013448

CIFP Manuel Antonio

SQUI03

Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines

Lonza Biologics Porriño, S.L.

CZ Veterinaria, S.A.

Vigo

36017430

IES Ricardo Mella

SADG01

Administración y Finanzas

Bosch Security Systems, S.A.U.

Vigo

36011579

IES A Guía

SCOM03

Gestión de Ventas y Espacios Comerciales

Media Markt Saturn Administración España, S.A.U.

Vigo

36011634

IES Politécnico de Vigo

MIMA03

Mantenimiento Electromecánico

Benteler Automotive Vigo, S.L.

ANEXO III

Plan de formación de los ciclos formativos autorizados
para los proyectos de formación profesional dual

Código de centro

Centro

Código de ciclo

Ciclo

Curso

Código de módulo

Módulo

15027897

CIFP Paseo das Pontes

SHOT04

Dirección de Cocina

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0496

Control del aprovisionamiento de materias primas

MP0497

Procesos de preelaboración y conservación en cocina

MP0499

Procesos de elaboración culinaria

MP0506

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0498

Elaboraciones de pastelería y repostería en cocina

MP0500

Gestión de la producción en cocina

MP0501

Gestión de la calidad, y de la seguridad e higiene alimentarias

MP0502

Gastronomía y nutrición

MP0503

Gestión administrativa y comercial en restauración

MP0504

Recursos humanos y dirección de equipos en restauración

MP0507

Empresa e iniciativa emprendedora

SHOT05

Dirección de Servicios de Restauración

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0496

Control del aprovisionamiento de materias primas

MP0501

Gestión de la calidad, y de la seguridad e higiene alimentarias

MP0502

Gastronomía y nutrición

MP0509

Procesos de servicios en bar-cafetería

MP0510

Procesos de servicios en restaurante

MP0514

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0180

Segunda lengua extranjera

MP0503

Gestión administrativa y comercial en restauración

MP0504

Recursos humanos y dirección de equipos en restauración

MP0511

Sumillería

MP0512

Planificación y dirección de servicios y eventos en restauración

MP0515

Empresa e iniciativa emprendedora

15005269

IES Urbano Lugrís

SELE01

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

2016-2017

MP0517

Procesos en instalaciones de infraestructuras comunes de telecomunicaciones

MP0520

Sistemas y circuitos eléctricos

MP0521

Técnicas y procesos en instalaciones domóticas y automáticas

MP0523

Configuración de instalaciones domóticas y automáticas

MP0527

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0518

Técnicas y procesos en instalaciones eléctricas

MP0519

Documentación técnica en instalaciones eléctricas

MP0522

Desarrollo de redes eléctricas y centros de transformación

MP0524

Configuración de instalaciones eléctricas

MP0528

Empresa e inciativa emprendedora

MP0602

Gestión del montaje y del mantenimiento de instalaciones eléctricas

15014556

CIFP Coroso

MINA03

Elaboración de Productos Alimenticios

2016-2017

MP0030

Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria

MP0031

Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos

MP0141

Materias primas en la industria alimentaria

MP0147

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0116

Principios de mantenimiento electromecánico

MP0142

Operaciones de acondicionado de materias primas

MP0143

Tratamientos de transformación y conservación

2018-2019

MP0144

Procesado de productos alimentarios

MP0145

Procesos tecnológicos en la industria alimentaria

MP0146

Venta y comercialización de productos alimentarios

MP0148

Empresa e iniciativa emprendedora

15016000

CIFP Compostela

SHOT01

Gestión de Alojamientos Turísticos

2016-2017

MP0173

Márketing turístico

MP0174

Dirección de alojamientos turísticos

MP0176

Recepción y reservas

MP0179

Inglés

MP0182

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0171

Estructura del mercado turístico

MP0172

Protocolo y relaciones públicas

MP0175

Gestión del departamento de pisos

MP0177

Recursos humanos en el alojamiento

MP0178

Comercialización de eventos

MP0180

Segunda lengua extranjera

MP0183

Empresa e iniciativa emprendedora

15015767

CIFP Politécnico de Santiago

SELE01

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

2016-2017

MP0518

Técnicas y procesos en instalaciones eléctricas

MP0520

Sistemas y circuitos eléctricos

MP0521

Técnicas y procesos en instalaciones domóticas y automáticas

MP0527

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0517

Procesos en instalaciones de infraestructuras comunes de telecomunicaciones

MP0519

Documentación técnica en instalaciones eléctricas

MP0522

Desarrollo de redes eléctricas y centros de transformación

MP0523

Configuración de instalaciones domóticas y automáticas

MP0524

Configuración de instalaciones eléctricas

MP0528

Empresa e inciativa emprendedora

MP0602

Gestión del montaje y del mantenimiento de instalaciones eléctricas

27003175

IES Val do Asma

SADG01

Administración y Finanzas

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0649

Ofimática y proceso de la información

MP0650

Proceso integral de la actividad comercial

MP0651

Comunicación y atención a la clientela

MP0654

Contabilidad y fiscalidad

MP0658

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0647

Gestión de la documentación jurídica y empresarial

MP0648

Recursos humanos y responsabilidad social corporativa

MP0652

Gestión de recursos humanos

MP0653

Gestión financiera

MP0655

Gestión logística y comercial

MP0656

Simulación empresarial

SHOT02

Agencias de Viajes y Gestión de Eventos

2016-2017

MP0171

Estructura del mercado turístico

MP0179

Inglés

MP0383

Destinos turísticos

MP0384

Recursos turísticos

MP0401

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0172

Protocolo y relaciones públicas

MP0173

Márketing turístico

MP0180

Segunda lengua extranjera

MP0397

Gestión de productos turísticos

MP0398

Venta de servicios turísticos

MP0399

Dirección de entidades de intermediación turística

MP0402

Empresa e iniciativa emprendedora

32009131

IES Universidade Laboral

MTMV01

Carrocería

2016-2017

MP0254

Elementos amovibles

MP0256

Elementos fijos

MP0260

Mecanizado básico

2017-2018

MP0255

Elementos metálicos y sintéticos

MP0258

Elementos estructurales del vehículo

MP0261

Formación y orientación laboral

2018-2019

MP0257

Preparación de superficies

MP0259

Embellecimiento de superficies

MP0262

Empresa e iniciativa emprendedora

36020064

CIFP Carlos Oroza

SHOT04

Dirección de Cocina

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0496

Control del aprovisionamiento de materias primas

MP0497

Procesos de preelaboración y conservación en cocina

MP0499

Procesos de elaboración culinaria

MP0506

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0498

Elaboraciones de pastelería y repostería en cocina

MP0500

Gestión de la producción en cocina

MP0501

Gestión de la calidad, y de la seguridad e higiene alimentarias

MP0502

Gastronomía y nutrición

MP0503

Gestión administrativa y comercial en restauración

MP0504

Recursos humanos y dirección de equipos en restauración

MP0507

Empresa e iniciativa emprendedora

SHOT05

Dirección de Servicios de Restauración

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0496

Control del aprovisionamiento de materias primas

MP0509

Procesos de servicios en bar-cafetería

MP0510

Procesos de servicios en restaurante

MP0514

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0180

Segunda lengua extranjera

MP0501

Gestión de la calidad, y de la seguridad e higiene alimentarias

MP0502

Gastronomía y nutrición

MP0503

Gestión administrativa y comercial en restauración

MP0504

Recursos humanos y dirección de equipos en restauración

MP0511

Sumillería

MP0512

Planificación y dirección de servicios y eventos en restauración

MP0515

Empresa e iniciativa emprendedora

36013448

CIFP Manuel Antonio

SHOT05

Dirección de Servicios de Restauración

2016-2017

MP0179

Inglés

MP0496

Control del aprovisionamiento de materias primas

MP0509

Procesos de servicios en bar-cafetería

MP0510

Procesos de servicios en restaurante

MP0514

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0180

Segunda lengua extranjera

MP0501

Gestión de la calidad, y de la seguridad e higiene alimentarias

MP0502

Gastronomía y nutrición

MP0503

Gestión administrativa y comercial en restauración

MP0504

Recursos humanos y dirección de equipos en restauración

MP0511

Sumillería

MP0512

Planificación y dirección de servicios y eventos en restauración

MP0515

Empresa e iniciativa emprendedora

SQUI03

Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines

2016-2017

MP1387

Organización y gestión de la fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines

MP1389

Operaciones básicas en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines

MP1390

Principios de biotecnología

MP1391

Seguridad en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines

MP1392

Áreas y servicios auxiliares en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines

MP1398

Formación y orientación laboral

2017-2018

MP0191

Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso

MP1388

Control de calidad de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines

MP1393

Técnicas de producción biotecnológica

MP1394

Técnicas de producción farmacéutica y afines

MP1395

Regulación y control en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines

MP1396

Acondicionamiento y almacenamiento de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines

MP1399

Empresa e iniciativa emprendedora

36017430

IES Ricardo Mella

SADG01

Administración y Finanzas

2016-2017

MP0647

Gestión de la documentación jurídica y empresarial

MP0648

Recursos humanos y responsabilidad social corporativa

MP0649

Ofimática y proceso de la información

MP0650

Proceso integral de la actividad comercial

2017-2018

MP0651

Comunicación y atención a la clientela

MP0652

Gestión de recursos humanos

MP0653

Gestión financiera

MP0654

Contabilidad y fiscalidad

2018-2019

MP0179

Inglés

MP0655

Gestión logística y comercial

MP0656

Simulación empresarial

MP0658

Formación y orientación laboral

36011579

IES A Guía

SCOM03

Gestión de Ventas y Espacios Comerciales

2016-2017

MP0623

Gestión económica y financiera de la empresa

MP0930

Políticas de márketing

MP0931

Márketing digital

MP0933

Formación y orientación laboral

MP1010

Investigación comercial

2017-2018

MP0179

Inglés

MP0625

Logística de almacenamiento

MP0626

Logística de aprovisionamiento

MP0926

Escaparatismo y diseño de espacios comerciales

MP0927

Gestión de productos y promociones en el punto de venta

MP0928

Organización de equipos de ventas

MP0929

Técnicas de venta y negociación

36011634

IES Politécnico de Vigo

MIMA03

Mantenimiento Electromecánico

2016-2017

MP0949

Técnicas de fabricación

MP0951

Electricidad y automatismos eléctricos

MP0952

Automatismos neumáticos e hidráulicos

2017-2018

MP0950

Técnicas de unión y montaje

MP0953

Montaje y mantenimiento mecánico

MP0956

Formación y orientación laboral

2018-2019

MP0954

Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico

MP0955

Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas

MP0957

Empresa e iniciativa emprendedora