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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Lunes, 13 de junio de 2016 Pág. 23914

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Emergencias e Interior, por la que se acuerda otorgar el distintivo de permanencia al personal de los distintos cuerpos de policía local de los ayuntamientos de Galicia.

La Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, establece en su artículo 74 que el personal de los cuerpos de policía local de Galicia puede ser distinguido o recompensado de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

De este modo, el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, de desarrollo de dicha ley, determina en su artículo 89 las modalidades de distinciones; en el apartado c) figura el distintivo de permanencia, al que se refiere también el número 3 del artículo 90, cuando expresa que este distintivo se entregará a los policías locales, cualquiera que sea su categoría, cuando se cumplan los requisitos de permanencia y de trayectoria profesional exigidos para su concesión.

El mismo Decreto 243/2008, en su artículo 93.1, establece que el distintivo de permanencia se entregará anualmente, mediante resolución de la persona titular de la unidad directiva competente en materia de coordinación de policías locales, a los policías locales cuando cumplan 25 años de servicios efectivos en el cuerpo, cualquiera que sea su categoría, siempre que no consten antecedentes desfavorables en su expediente personal o pendientes de cancelar, cuestiones que deberán ser acreditadas por los ayuntamientos que corresponda.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 93.1, del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales,

RESUELVO:

Primero. Publicar como anexo la relación de personas a las que se le entregará el distintivo de permanencia, por haber cumplido, a 31 de diciembre de 2015, 25 años de servicio en los cuerpos de policía local, según las certificaciones de los respectivos ayuntamientos de pertenencia, tanto respecto del tiempo de servicios como del resto de requisitos.

Segundo. Comunicar esta relación del anexo a los respectivos ayuntamientos, y publicarla también a efectos de su consulta en la página web de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Tercero. Las personas que no figurasen en las relaciones del anexo y cumplan con los requisitos para esta distinción deberán solicitar su inclusión a través de los respectivos ayuntamientos, que remitirán las preceptivas certificaciones de cumplimiento de los requisitos a esta unidad directiva para la resolución correspondiente en el plazo de 10 días.

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2016

Luis Menor Pérez
Director general de Emergencias e Interior

ANEXO

Listado del personal de los cuerpos de policía local de los ayuntamientos de Galicia, al cual se le otorga el distintivo de permanencia

(Listado alfabético, clasificado por provincias y ayuntamientos)

• Provincia: A Coruña

– Ayuntamiento: A Coruña

Manuel Aceña Liste

José Ángel Barallobre Cancela

Luis Barral Rodríguez

Juan Manuel Brea Asorey

Antonio Manuel Cacharrón Arjomil

José Luis Canosa Lamiño

Manuel Cao Puga

Juan José Castiñeira Balsa

César Luis Castro Fraguela

Jesús Costa Fariña

Vicente Coya Rodríguez

Juan Daniel Dequidt López

Manuel Fandiño Rey

Javier Nicolás Fontenla Borrazas

Jaime García Díaz

José Manuel García Rodríguez

Javier Iglesias González

Francisco José Lafuente Rey

Manrique Lema Santiago

Manuel Paulino López Cancelo

Jesús Ángel López Quintela

Manuel López Roibás

Marcos Antonio Mañana Piñeiro

José Antonio Millet Crujeiras

Juan Muíños Insua

Francisco Muñoz López

Fernando Naya Prieto

Luis Manuel Otero Neira

José Pena Carrodeguas

José Luis Pereira Fandiño

Alberto Primoy Basoa

Gerardo Riobo Muiño

Manuel Rodríguez Jarazo

María José Sánchez Naveira

Carlos Sanjurjo Lorenzo

Pilar Varela Varela

Francisco Javier Vázquez Gil

Luis Antonio Veira Hermidas

Juan Carlos Vidal Díaz

– Ayuntamiento: Arteixo

José Bao Otero

Eduardo Manteiga Sánchez

– Ayuntamiento: Boiro

Juan Manuel Maneiro Paz

Juan Francisco Silva Segade

– Ayuntamiento: Cambre

Eduardo Cao García

Enrique Vázquez Mirón

– Ayuntamiento: Cedeira

Andrés Modesto Alonso Rodríguez

– Ayuntamiento: Culleredo

Jesús Manuel García Pérez

José Carlos Lage Barbeito

José Antonio Vázquez Conde

– Ayuntamiento: Negreira

Manuel Baña Esperante

Mario García Pais

– Ayuntamiento: Oleiros

Joaquín Reiriz Vargas

– Ayuntamiento: Santiago de Compostela

Juan Luis Barreiro Álvarez

José Ramón Blanco Ferro

Eduardo Castro Otero

José Ramón Conde Pazos

Manuel Curros Esperante

Carlos González Rendo

Lourdes Grobas Fernández

Manuel Iglesias Reboredo

José Ángel Iglesias Tojo

Antonio López García

Ovidio López Rodríguez

Antonio Martínez Mourelos

Francisco Pena Turnes

José Peña Sánchez

José Manuel Pombo Boquete

José Manuel Pombo Ramos

Jorge Fernando Puente Boquete

Manuel Ramos Rey

José Manuel Sampedro Alcalde

Juan Manuel Torre Vázquez

• Provincia: Lugo

– Ayuntamiento: Rábade

José Manuel Candal Regueiro

• Provincia: Ourense

– Ayuntamiento: Viana do Bolo

José Mariano Pérez Pérez

Juan Carlos Rodríguez Camba

• Provincia: Pontevedra

– Ayuntamiento: A Guarda

Juan José Parada Fernández

– Ayuntamiento: Cangas

Julián Villa Cabral

– Ayuntamiento: Gondomar

José Manuel De Saa Méndez

– Ayuntamiento: Moaña

Manuel Eugenio Currás Trigo

– Ayuntamiento: O Grove

Juan Luis Bea Requejo

Francisco José Candal Cancelo

– Ayuntamiento: O Porriño

Javier Freiría Pereira

– Ayuntamiento: Pontevedra

José Antonio Fernández Novas

Laureano Matos Barcia

– Ayuntamiento: Vigo

Mariano Alonso Iglesias

Bienvenido Avendaño Otero

José Carlos Conde Fernández

Manuel Conde Vázquez

José Manuel Cousiño Sendín

Vicente Domínguez Vila

Ángeles Garrido Domínguez

Carlos Leiros Orge

Gerardo José López Rey

Pergentino Martínez Pampillón

Juan José Troncoso Padín

Alberto Vázquez Alonso

José Jesús Veiga Jorge

María José Viéitez Oitabén