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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Jueves, 12 de mayo de 2016 Pág. 18312

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 27 de abril de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por el que se anuncia la toma de posesión provisional de las fincas de reemplazo de la zona de concentración parcelaria de Arca-A Estrada.

Después de publicar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Arca (A Estrada-Pontevedra), y resueltos los recursos presentados contra el acuerdo, la Dirección General de Desarrollo Rural resolvió dar posesión provisional de las nuevas fincas con fecha 13 de abril de 2016.

Todas las personas interesadas tomarán posesión de sus terrenos obligatoriamente, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen (según el artículo 44 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria de Galicia).

Si algún propietario no permitiera la toma de posesión de las nuevas fincas en el plazo que se indica en este aviso, será apercibido y luego será objeto de compulsión directa (artículo 45 de dicha ley), además de imponerle las sanciones económicas que procedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 69 y siguientes de dicha ley.

Los interesados podrán reclamar sobre las diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y lo que conste en el expediente de concentración, en el plazo de sesenta días naturales que contarán a partir de la fecha en que las fincas se pongan a su disposición (artículo 46). Deberán adjuntar con la reclamación dictamen pericial visado por el colegio correspondiente.

Los plazos para la toma de posesión son los siguientes:

a) Labradío sin cosecha pendiente, prados y pastos: a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

b) Los restantes predios, a partir del día siguiente a la retirada de las cosechas que estuvieran pendientes de recolección.

c) En relación con los árboles existentes en los predios, se recomienda, en la medida de lo posible, llegar a un acuerdo entre aportante y adjudicatario. En el caso contrario, podrán ser retiradas por los propietarios de las parcelas de aportación en el plazo de seis meses, que contarán desde la publicación de este aviso en el Diario Oficial de Galicia, previa petición al Servicio de Montes del preceptivo permiso y el informe favorable del Servicio de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el caso de ser especies autóctonas protegidas, sin prejuicio de las demás autorizaciones que legalmente procedan.

Asimismo, deberán adoptarse las medidas relativas a la prevención de incendios forestales previstas en la legislación vigente.

Pontevedra, 27 de abril de 2016

Antonio Crespo Iglesias
Jefe territorial de Pontevedra