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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Viernes, 29 de abril de 2016 Pág. 15889

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2016 por la que se convoca un curso sobre intervención en emergencias para el personal que supere el proceso selectivo para los grupos de emergencia supramunicipales (GES) en el año 2016.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realice alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de personas, de los bienes y del ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Dentro de las actividades programadas para el año 2016, y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de un curso sobre intervención en emergencias para el personal que supere el proceso selectivo para los grupos de emergencia supramunicipales (GES) en el año 2016, con 1 edición, conforme a las siguientes bases:

1. Datos de la actividad.

Tipo

Curso

Denominación

Intervención en emergencias para el personal que supere el proceso selectivo para los grupos de emergencia supramunicipales (GES) en el año 2016

Modalidad

Presencial

Ediciones

1

Horas lectivas

70

Plazas por edición

17

2. Objetivos y contenido.

Objetivos: impartir una formación especializada en unos niveles de capacitación suficientes para que el personal que supere el proceso selectivo para ingresar en los grupos de emergencia supramunicipales en el año 2016 pueda comenzar a asumir sus funciones en su nuevo destino.

Contenido: el contenido se estructura en bloques relativos a los principales riesgos y emergencias en los que, según las estadísticas de la Xunta de Galicia, intervendrá este personal:

1. Módulo 1: primeros auxilios (7 h).

2. Módulo 2: actuaciones en caso de accidente de tráfico (14 h).

3. Módulo 3: extinción de incendios urbanos e industriales (28 h).

4. Módulo 4: intervención en incendios forestales (21 h).

Todos los temas incluyen ejercicios prácticos sobre los temas tratados y habrá una prueba final de conjunto.

3. Destinatarios/as.

El curso va dirigido al personal que supere las pruebas de selección convocadas para el ingreso en los grupos de emergencia supramunicipales de Galicia en el año 2016.

4. Desarrollo de la actividad.

Lugar y fechas: el curso se llevará a cabo en las instalaciones de la Agasp desde el 3 hasta el 16 de mayo de 2016.

Horario: mañana y tarde, de lunes a viernes.

Uniformidad: el personal deberá asistir a los cursos provisto del siguiente material:

1. Bota de media caña con puntera de seguridad y plantilla antipunzamiento.

2. Funda ignífuga.

3. Casco F2 Gallet, HPS3000 o similar con gafas de seguridad.

4. Guantes ignífugos de intervención.

5. Verdugo ignífugo.

5. Inscripción.

a) Los ayuntamientos que convoquen los procesos selectivos para los grupos de emergencia supramunicipales (GES) remitirán a la Agasp:

• Una lista con las personas que superaron el proceso selectivo (según modelo del anexo I de esta convocatoria).

• Una ficha con los datos de cada una de las personas seleccionadas (según modelo del anexo II de esta convocatoria).

b) Los datos mencionados en el punto anterior podrán ser comunicados por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

c) Las personas seleccionadas que no sean usuarias de la página web de la Agasp recibirán un mensaje de correo electrónico para darse de alta en la misma.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.es , que adoptará las medidas necesarias.

6. Criterios de selección del alumnado participante.

No existen criterios de selección, ya que el curso va dirigido exclusivamente a aquellas personas que superen el proceso selectivo para el ingreso en los grupos de emergencia supramunicipales de Galicia en el año 2016.

7. Publicación de las relaciones del personal seleccionado.

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas que participarán en cada edición del curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior da Agasp, aprobado por la Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero), las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comunicasen la imposibilidad de asistencia con, por lo menos, 48 horas de antelación al comienzo de ésta. La mencionada renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección: formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

8. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

9. Faltas de asistencia.

El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula, en su artículo 16, las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria, en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y sólo en los casos en que la inasistencia a las clases estuviera motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. Sin embargo, aunque las ausencias acumuladas no llegaran al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se deben recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de éstas y el comportamiento y actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso».

10. Certificado de aprovechamiento.

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.

11. Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar, mediante resolución del director general y sin necesidad de nueva publicación, el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, por el mismo procedimiento, suprimir el curso, ampliar nuevas ediciones o plazas o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 21 de abril de 2016

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

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