BDNS (Identif.): 303916
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios
1. Podrán participar en esta convocatoria, según las categorías establecidas:
a) En la primera categoría, los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos de Galicia, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia, los consorcios locales gallegos y las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales de Galicia que presenten un proyecto.
A efectos de esta resolución, se considera agrupación de ayuntamientos una candidatura suscrita por dos o más ayuntamientos.
b) En la segunda categoría, las asociaciones de amigos del Camino de Santiago legalmente constituidas.
c) En la tercera categoría, las personas físicas o las personas jurídicas constituidas bajo cualquier forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).
d) En la cuarta categoría, modalidad a), las universidades, centros de investigación o investigadores independientes.
e) En la cuarta categoría, modalidad b), los centros de enseñanza de educación primaria y secundaria de Galicia.
Segundo. Objeto
Concesión de los Premios Camino de Santiago como un reconocimiento institucional y social a las iniciativas destinadas a conservar, mejorar y embellecer el entorno de las distintas rutas del Camino de Santiago, así como a aquellas otras que supongan nuevos servicios o la mejora de aquéllos que se prestan a los peregrinos, y a las acciones específicas de divulgación y promoción, de manera que se contribuya a un aumento de la conservación, promoción y difusión, así como a la puesta en valor del Camino de Santiago, de la cultura jacobea y de su patrimonio.
Los Premios Camino de Santiago constarán de las siguientes categorías:
1ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos, las mancomunidades, los consorcios locales, las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales, todos ellos de la Comunidad Autónoma de Galicia y por los que discurra cualquiera de las rutas del Camino de Santiago.
2ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por las asociaciones de amigos del Camino de Santiago.
3ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades desarrolladas por las personas físicas o las personas jurídicas constituidas bajo forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).
4ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades de carácter académico, investigador o educativo, con dos modalidades:
a) Los trabajos de investigación y estudio del Camino de Santiago y de la peregrinación y/o cultura jacobea, y/o del patrimonio cultural ligado al Camino de Santiago desarrollados por centros de investigación, universidades o similares.
b) Los trabajos de carácter educativo relacionados con la temática del Camino de Santiago llevados a cabo por los centros de enseñanza de educación primaria y secundaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 5 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Camino de Santiago y se procede a su convocatoria para el año 2016.
Cuarto. Importe
El importe total es de 75.000 euros.
– Para los premios de la 1ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.
– Para los premios de la 2ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.
– Para los premios de la 3ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.
– Para los premios de la 4ª categoría: importe máximo de 15.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. Plazo de aceptación o renuncia al premio
El plazo para la aceptación o renuncia al premio será de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución de la concesión.
Santiago de Compostela, 5 de abril de 2016
Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia