En virtud de la Orden de 9 de mayo de 2014 (DOG núm. 99, de 26 de mayo) se convocó proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, subgrupo A1, escala facultativa de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos.
El tribunal designado para calificar dicho proceso acordó hacer pública y elevar a la Dirección General de la Función Pública la relación de aspirantes que lo superaron en su Resolución de 9 de noviembre de 2015 (DOG núm. 218, de 16 de noviembre).
Con el objeto de que los/las aspirantes que superaron dicho proceso selectivo puedan ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, subgrupo A1, escala facultativa de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos, y según lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, en el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia y demás normativa concordante, esta consellería
DISPONE:
Primero. Convocar a los/las aspirantes que superaron el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, subgrupo A1, escala facultativa de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos, al acto de elección de destino definitivo que tendrá lugar en el salón de actos número 2 (pequeño) de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela) el día 22 de abril de 2016, a las 10.00 horas.
Segundo. Los/las aspirantes convocados/as podrán elegir entre los puestos que se relacionan en el anexo de esta orden según el orden alcanzado en el proceso selectivo, siempre que reúnan las condiciones exigidas en él.
De conformidad con lo dispuesto en la base IV.6, el aspirante del turno de promoción interna tendrá preferencia sobre la aspirante del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.
Tercero. Los/las aspirantes deberán ir provistos/as de DNI u otro documento que acredite fidedignamente su identidad; en el caso de no comparecer personalmente, podrán ser representados/as por terceras personas con poder notarial suficiente.
Cuarto. A los/las aspirantes que no comparezcan personalmente o por medio de representantes les serán adjudicados en destino definitivo los puestos que les correspondan atendiendo al orden de publicación de éstos y al número obtenido en el proceso selectivo, una vez concluido el proceso de adjudicación de los puestos a los/las aspirantes presentes o representados/as, entre los que quedaran sin adjudicar.
Quinto. Los/las aspirantes podrán solicitar ser declarados/as en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público o por interés particular reguladas, respectivamente, en los artículos 174 y 173.3.d) de la Ley 2/2015. En estos supuestos deberán presentarse al llamamiento con un certificado del/de la responsable de su unidad de personal en que conste la condición con que prestan servicios en la actualidad.
Sexto. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde esa misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 12 de abril de 2016
Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda