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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Viernes, 8 de abril de 2016 Pág. 12837

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 22 de marzo de 2016 por la que se notifica la resolución de imposición de una primera multa coercitiva, derivada del expediente sancionador P-UL-71.01/03, devuelta por el servicio de Correos por resultar la destinataria ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en fecha 5 de febrero de 2016, dictó resolución por la que se impone una primera multa coercitiva derivada del expediente sancionador P-UL-71.01/03, que fue incoado por la realización de obras ejecutadas dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, consistentes en la construcción de viviendas en la playa de Ouriceira, en el término municipal de Poio (Pontevedra).

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Purificación Ferro Varela (IU2/45/2015), mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución la interesada puede interponer recurso de reposición, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se produjo la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la destinataria arriba indicada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística