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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Jueves, 31 de marzo de 2016 Pág. 11680

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 9 de marzo de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2016090TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

Con fecha de 25 de febrero de 2016, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador número 2016090TA-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Ramiro Camiña Ramos, con DNI 76829902N, como titular del establecimiento Restaurante Casa Laura.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Ramiro Camiña Ramos el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, nº 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 9 de marzo de 2016

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2016090TA-PO.

Denunciado: Ramiro Camiña Ramos, con DNI 76829902N, como titular del establecimiento Restaurante Casa Laura.

Último domicilio conocido: calle Beiramar, 35, Campelo, 36995 Poio (Pontevedra).

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

Artículo 7) «Se prohíbe fumar,..., en: u) Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados».

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como grave en el artículo 19.3.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: seiscientos un euros (601 €).