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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 26 de febrero de 2016 Pág. 7428

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 3 de febrero de 2016 por la que se notifica el apercibimiento previo a la ejecución forzosa de la Resolución de 26 de junio de 2006, dictada en el expediente IU2/49/2015 (P-UL-71.01/03), devuelto por el servicio de Correos por resultar el destinatario ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el 26 de noviembre de 2015, dictó resolución mediante la que se requiere a José Ángel Pérez Couto para que proceda al cumplimiento de la orden de restitución contenida en la resolución de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, de 26.6.2006 (expediente núm. IU2/49/2015 (P-UL-71.01/03), y lo apercibe de que en el caso de incumplimiento de aquella se procederá a su ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a José Ángel Pérez Couto, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifíca al interesado dicho apercibimiento por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber al interesado que el texto íntegro del apercibimiento que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de ésta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra este apercibimento no cabe interponer recurso alguno.

Para que conste y le sirva de notificación al destinatario arriba indicado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística