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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 9 de febrero de 2016 Pág. 4468

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1097/2012).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social numero 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1097/2012 a instancia de Mutua Gallega contra la empresa Mármoles Chamin, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 14 de enero de 2016 que copiada en los particulares necesarios dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Mutua Gallega frente a la empresa Mármoles Chamin, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y en consecuencia:

Se condena a la empresa Mármoles Chamin, S.L. a abonar a la Mutua Gallega, como responsable directo la cantidad de setecientos ochenta y cuatro euros con cincuenta y seis céntimos (784,56 euros) con responsabilidad subsidiaria del INSS y la TGSS, respecto de los gastos por asistencia sanitaria, por importe de quinientos dieciséis euros con noventa y seis centimos (516,96 euros) para el caso de insolvencia de la anterior.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la Cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Mármoles Chamin, S.L. expido y firmo la presente.

A Coruña, 21 de enero de 2016

La secretaria judicial