Visto el expediente para otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: A Batundeira, nº 2, 32960 Velle.
Denominación: retranqueo LMT CAS802 entre apoios 51-5 E 51-7.
Situación: Ribadavia.
Características técnicas:
LMT subterránea a 20 kV de 272 m, con conductor RHZ1-12/20 kV 3×150 mm2 con origen en apoyo metálico proyectado de la LMT CAS802 en la derivación a los CT 322C33 y 32AV61 y final en el apoyo metálico proyectado en la misma derivación.
Presupuesto: 37.687,73 euros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial, resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Ourense, 11 de enero de 2016
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense