Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 29 de enero de 2016 Pág. 3441

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2015, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Sentencia 569/2013, de 4 de julio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, el 15 de julio de 2015, dictó sentencia en el recurso de casación número 3492/2013, contra la sentencia pronunciada, con fecha de 4 de julio de 2013, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el procedimiento ordinario 4686/2008, interpuesto por la procuradora Beatriz González Rivero, en representación de la Asociación de Vecinos San Vicenzo de Rábade. Esta sentencia, que deviene firme, en su parte dispositiva literalmente dice:

«1) Que procede el recurso de casación interpuesto por la procuradora Beatriz González Rivero, en representación de la Asociación de Vecinos San Vicenzo de Rábade, contra la sentencia de 4 de julio de 2015, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso número 4686/2008, sentencia que casamos y anulamos.

2) Que, estimando el recurso contencioso-administrativo número 4686/2008, debemos declarar y declaramos la nulidad de pleno derecho de la Orden del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes de 23 de julio de 2008 (publicada en el diario oficial correspondiente el 1 de septiembre de 2008), que aprueba el Plan general de ordenación municipal de Rábade (Lugo), así como también la del mencionado plan general.

3) Ordenamos la publicación del fallo, a los efectos de lo establecido en el artículo 72.2 de la LJCA.

4) No formulamos declaración expresa sobre condena al pago de las costas procesales causadas en la instancia, ni tampoco en este recurso de casación.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertar el Consejo General del Poder General Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Se debe hacer saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno».

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2015

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo