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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 28 de enero de 2016 Pág. 3235

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1272/2012).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1272/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Vanesa Regueira Veira contra Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A., Galicia Saudade, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Francisco Javier Castro López, Jaime Juncal Iglesias, Ingesan Grupo OHL, administración concursal, Jesús Iglesias Lira, Ayuntamiento de Arteixo, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice:

«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Vanesa Regueira Veira contra las entidades Galicia Saudade, S.L. y administración concursal de Galicia Saudade, S.L., Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A. y el Ayuntamiento de Arteixo y, en consecuencia, debo condenar y condeno solidariamente a Galicia Saudade, S.L. y la administración concursal de Galicia Saudade, S.L., Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A. y el Ayuntamiento de Arteixo a que abonen a la demandante la cantidad de 1.155,03 € brutos, por salarios de agosto al 15 de octubre de 2012, así como el exceso de jornada, incrementados en el interés legal del dinero y aplicable a los conceptos salariales respecto a la entidad Galicia Saudade, S.L. y administración concursal de Galicia Saudade, S.L.

Que debo desestimar y desestimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Vanesa Regueira Veira contra la entidad Instituto de Gestión Sanitaria, S.A.U. (Ingesan), a la que debo absolver de todo lo peticionado en su contra.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Galicia Saudade, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de enero de 2016

La secretaria judicial