A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), en relación con el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la citada Ley 24/2013, se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción, así como la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica:
Denominación: LMT. BEC803: C. Redondo-Vila.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle, Ourense.
Finalidad: mejorar la calidad del suministro eléctrico en la zona.
Características técnicas principales:
– Línea de media tensión aérea a 20 kV con origen en el apoyo existente P-O de la LMT BEC803-CORGO3 y final en el apoyo existente P-24 derivación al CT Vilachá, con una longitud de 2.668 metros en conductor tipo LA-56.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figuran en el anexo que se inserta junto a esta resolución.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones por duplicado en esta jefatura territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, ronda de la Muralla, 70, Lugo) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial de lunes a viernes entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde.
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido realizar, y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 10 de diciembre de 2015
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo