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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Miércoles, 16 de diciembre de 2015 Pág. 47108

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

CÉDULA de 23 de noviembre de 2015, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago en relación con el procedimiento por falta de pago P-041/12.

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago que se detalla en el anexo. La eficacia de esta cédula queda supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 23 de noviembre de 2015

José Luis Díez Yáñez
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-041/12.

Nombre: Mª del Carmen Comesaña Fernández.

Dirección: polígono de Torneiros, 3ª fase, bloque 23, portal 2, bajo B, 36400 O Porriño (Pontevedra).

Asunto: requerimiento de pago.

Deuda: 366,30 €.

Indicación del contenido: de acuerdo con el artículo 82 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, la requerimos para el pago de 10 recibos de alquiler vencidos, por un importe total de 366,30 €, relativos a la vivienda que tiene adjudicada en régimen de alquiler y correspondientes al período comprendido entre el 1.11.2014 y el 1.8.2015, ambos incluidos.

Se le concede un plazo de quince (15) días hábiles para que se ponga al día en sus obligaciones, procediendo al pago del referido importe en cualquiera de las oficinas de Abanca, o se presente en trámite de audiencia en esta área provincial a fin de aportar los documentos o justificaciones que estime convenientes.

Le advertimos de que, en el caso de no atender este requerimiento, se procederá a la resolución del contrato con el consiguiente lanzamiento para su posterior adjudicación a otros beneficiarios.