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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Martes, 15 de diciembre de 2015 Pág. 46980

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Muros (expediente IN407A 2015/191-1).

Expediente: IN407A 2015/191-1.

Promotor: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT, CT Abelleira II.

Ayuntamiento: Muros.

Hechos.

1. El 19.6.2015 Unión Fenosa Distribución, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG núm. 171, de 8.9.2015 y en el BOP núm. 162, de 26.8.2015.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas.

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condicións técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

• Desmontaje del apoyo que sustenta el centro de transformación intemperie Abelleira II, junto con los elementos que lo componen, y 4 metros de línea de media tensión que lo alimenta.

• Línea de media tensión subterránea a 20 kV, con una longitud de 0,087 km, con origen en el paso aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo nº 27 existente de la LMT MUO-806, donde actualmente se realiza la derivación al CT Abelleira II que se va a retirar, en conductor RHZ1-2 OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, y final en el nuevo CT Abelleira II proyectado.

• Centro de transformación prefabricado compacto de maniobra exterior con envolvente 2L+1P con transformador de 250 kVA, y relación de transformación de 20.000/400 V.

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 40.051,91 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado, resuelvo:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación eléctrica.

2. Esta autorización otorgase sin perjuicio de la preceptiva autorización autonómica en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre y otras autorizaciones sectoriales que fuesen preceptivas, consonte al artículo 120 del Real decreto 1955/2000.

3. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día seguinte al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

4. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta xefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

▪ Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones si procede.

▪ Un certificado del director del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

5. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 19 de noviembre de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña