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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Martes, 24 de noviembre de 2015 Pág. 44479

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 3 de noviembre de 2015 por la que se notifica la orden de suspensión de obras derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/123/2015-S1, devuelta por el servicio de Correos por resultar su interesado ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 29 de julio de 2015, resolución ordenando la inmediata suspensión de las obras que se ejecutan consistentes en la construcción de una edificación para uso residencial y construcción auxiliar sobre solera de hormigón, en el lugar de Canai, Perdecanai, en el término municipal de Barro, provincia de Pontevedra, la retirada de los materiales preparados para ser utilizados en la obra o actividad suspendida y la maquinaria afecta a ella, en el plazo de 24 horas siguientes a la notificación de esta resolución, y la suspensión de los correspondientes suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones a las obras que se ordena paralizar.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Álvaro Collazo Fernández, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística