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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Jueves, 12 de noviembre de 2015 Pág. 42940

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Cerceda (expediente IN407A 2015/174-1).

Expediente: IN407A 2015/174-1.

Promotor: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT, CT y EBT Campo do Roxo.

Ayuntamiento: Cerceda.

Hechos:

1. El 15 de junio de 2015 Unión Fenosa Distribución, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG núm. 147, de 5 de agosto de 2015 y en el BOP núm. 138, de 23 de julio de 2015.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, subministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condicións técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

• Línea de media tensión subterránea a 20 kV de 0,208 km de longitud con la origen en el apoyo aéreo subterráneo a realizar en el apoyo proyectado nº 50-5 a intercalar en la LMT MEI 826 en el tramo comprendido entre la derivada a los CT Fins (expediente 31295), Tresmontes (expediente 31295) y Campo Roxo (expediente 52837), en conductor RHZ-2OL-12/20 kV, 3 (1×240 Al), y final en el paso subterráneo a aéreo a realizar en el apoyo nº 50-6 proyectado que sustituye el existente de la LMT MEI 826 en el mismo tramo, después de realizar entrada y salida en el nuevo centro de transformación Campo de Raxo proyectado.

• Nuevo centro de transformación de tipo convencional fragmentado 2L+1P con potencia de 160 kVA y relación de transformación de 20,000/400 V (que sustituye el CT intemperie).

• Retensado de los vanos de los conductores existentes LA-30 en los apoyos proyectados 50-5 y 50-6 en los que se instalarán pararrayos autoválvulas.

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 62.498,89 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado, resuelvo:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de dicha instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, a contar a partir del día seguinte al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 15 de octubre de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña