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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Jueves, 5 de noviembre de 2015 Pág. 42348

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2099/2014).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 2099/2014

Juzgado de origen/autos: seguridad social 279/2013 Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2099/2014 de esta sección, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Pesquerías Playa de Fontán, S.L., la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo sobre reintegro de prestaciones, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos

Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por el INSS contra la sentencia de fecha 13 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, en proceso promovido por la demandante Mutua Gallega contra la empresa Pesquerías Playa de Fontán, S.L. y otros y, en consecuencia, debemos revocar y revocamos la sentencia impugnada, desestimando la demanda rectora de autos y absolviendo a los demandados de las pretensiones en su contra deducidas.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Pesquerías Playa de Fontán, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de octubre de 2015

La secretaria judicial