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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Viernes, 23 de octubre de 2015 Pág. 41054

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2886/2014).

Tipo y número de recurso RSU recurso de suplicación 2886/2014-IP

Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 708/2012 del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento recurso suplicación 2886/2014 de esta sección, seguido a instancia de Antonio García González contra Fogasa, Metalúrgica del Deza, S.A., Pumade, S.A., Ibber Ingeniería y Gestión Industrial, S.L., Grupo Aurela, S.L., Auregon Proyectos Industriales, S.L., Grupo Noceda Río Veintiuno, S.L., Admón. concursal Metalúrgica del Deza, S.A. (Diego Luis Comendador Alonso) sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Antonio García González, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, en juicio instado por el recurrente contra Fogasa, Metalúrgica del Deza, S.A., Pumade, S.A., Ibber Ingeniería y Gestión Industrial, S.L., Inasus, S.L., Construziona Galicia, S.L., Grupo Aurela, S.L., Auregon Proyectos Industriales, S.L., Grupo Noceda Río Veintiuno, S.L., Admón. concursal Metalúrgica del Deza, S.A. (Diego Luis Comendador Alonso), la sala la confirma plenamente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas y la publicación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construziona Galicia, S.L,, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de septiembre de 2015

La secretaria judicial