Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Mercadona, S.A.
Domicilio social: avenida Madrid, 108, 36214 Vigo.
Denominación: LMTS, CS y CT de 630 kVA para supermercado.
Situación: avenida Fraga Iribarne, 7, Betanzos.
Características técnicas: LMTS con inicio en la línea existente BEG711 entre el CS 15CDHP y el CT 15CQA1, conductor RHZ1 12/20 kV 3×(1×240 mm2) Al, longitud 238+238, y fin en el CS proyectado. CS en edificio prefabricado compartido con el CT. Celdas prefabricadas de entrada, salida y derivación con interruptores-seccionadores (24 kV, 400 A, 16 kV). CT anexo al CS con celdas prefabricadas de secionamiento, protección y medida (24 kV, 400 A, 16 kV) y transformador de 630 kVA en silicona y relación 20 kV/400 V.
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 18 de agosto de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña