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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Viernes, 28 de agosto de 2015 Pág. 35122

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2015 por la que se convoca un curso de patrón para navegación básica (PNB) para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciado con el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 de Galicia.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realice alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tenga como fin la protección de personas, de los bienes y del medio ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Dentro de las actividades programadas para el año 2015, y con arreglo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de un curso de patrón para navegación básica (PNB) para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Datos de la actividad

Tipo: curso.

Denominación: patrón para navegación básica (PNB).

Modalidad: semipresencial.

Ediciones: 1.

Horas lectivas: 20.

Plazas: 40.

Segunda. Objetivos y contenido

– Objetivos: adquirir conocimientos de navegación, así como la capacitación necesaria para poder pilotar una embarcación en el desarrollo de las funciones encomendadas.

Los que obtengan el título tendrán atribuciones para el manejo de embarcaciones de hasta 8 metros de eslora, así como para el manejo de toda clase de motos acuáticas.

– Contenido:

Teórico:

Unidad teórica 1. Nomenclatura náutica.

Unidad teórica 2. Elementos de amarre y fondeo.

Unidad teórica 3. Seguridad en el mar.

Unidad teórica 4. Legislación.

Unidad teórica 5: Balizamiento.

Unidad teórica 6. RIPA (Reglamento internacional para prevenir abordajes en el mar).

Radiocomunicaciones. Conocimiento general de las radiocomunicaciones en el servicio móvil marítimo.

Práctico:

1. Seguridad y comprobación antes de salir al mar.

2. Motores.

3. Cordaje.

4. Maniobras.

5. Fondeo, vigilancia y control de la derrota.

6. Maniobras de seguridad.

Radiocomunicaciones. Conocimiento práctico detallado y aptitud para utilizar los equipamientos de radiocomunicaciones.

Tercera. Destinatarios/as y requisitos de participación

a) Destinatarios/as: personal voluntario de agrupaciones de voluntarios de protección civil.

Este personal forma parte del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

b) Requisitos de participación: los/las solicitantes deben haber superado con anterioridad el curso básico de protección civil, y tendrán preferencia los/las que lo hicieron en el año 2014 o anteriores.

Cuarta. Desarrollo y requisitos de la actividad

El curso será impartido por una escuela homologada por la Xunta de Galicia y constará de una parte presencial y una parte en línea a través de internet.

– Parte teórica presencial del curso: se realizará en la Academia Gallega de Seguridad Pública (avenida de la Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra) y constará de:

• Jornada de presentación del curso y entrega de documentación (2 horas lectivas).

• Tres clases presencias (4 horas lectivas cada una).

Las fechas y horarios concretos se comunicarán a los alumnos seleccionados con la suficiente antelación.

– Examen: al finalizar la parte teórica presencial los alumnos deberán superar un examen en una de las escuelas oficiales náutico-pesqueras dependientes de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

La fecha y hora concreta de este examen será comunicada al alumnado con la suficiente antelación.

Los requisitos para poder presentarse al examen teórico son los siguientes:

• Haber cumplido 18 años en el momento del examen o 16 con el permiso de los padres.

• Tener entregada la siguiente documentación al coordinador del curso en el plazo requerido al efecto:

- Instancia de solicitud de participación en el examen.

- Justificante de haber abonado las tasas.

- Certificado psicotécnico expedido por cualquier centro homologado.

- Fotocopia del DNI.

- Foto tamaño carné.

Las tasas que deben abonar los alumnos para participar en el examen son las siguientes:

• Tasas de la Consellería del Medio Rural y del Mar en concepto de derechos de examen que deberán ser pagados con anterioridad a la realización del examen: 29,45 €.

• Tasas de la Consellería del Medio Rural y del Mar en concepto de expedición del carné acreditativo de la titulación conseguida, a pagar por el alumno una vez aprobado el examen y hechos las prácticas: 50,01 €.

– Prácticas: los alumnos que superen el examen podrán realizar las prácticas obligatorias y que son las siguientes:

• Práctica de seguridad y navegación: 8 horas a realizar en una embarcación homologada de la escuela náutica que desarrolle el curso, en fechas a convenir con los alumnos.

• Curso de formación en radiocomunicaciones: 4 horas, 2 teóricas y 2 prácticas a realizar en simuladores homologados de la escuela náutica homologada que desarrolle el curso, en fechas a convenir con los alumnos.

– Uniformidad: es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.

– Normas de comportamiento: no se permitirá que el alumnado realice fotografías o cualquier tipo de grabación audiovisual del desarrollo del curso.

Quinta. Inscripción

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matricula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.es), y no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de que no sean correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán darse previamente de alta en la misma, para lo que es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) El plazo de inscripción empieza el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 7 de septiembre.

La inscripción podrá realizarse hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

e) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año a computar desde el momento en que se detecte el hecho.

f) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten el modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

g) Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria al objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 23), por correo electrónico (formacion.emerxencias.agasp@xunta.es) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Sexta. Criterios de selección

Los criterios de selección son los siguientes y en el orden indicado:

1º. Tienen preferencia las personas que sean miembros de agrupaciones de voluntarios de protección civil (AVPC) que, por su situación geográfica, sean susceptibles de utilizar embarcaciones para sus operativos y sean designadas por los responsables de su AVPC como las idóneas para recibir esta formación en base a sus funciones dentro de la agrupación.

Dentro del plazo de presentación de solicitudes, los responsables de las AVPC deberán enviar cubierto y firmado el anexo de esta convocatoria, indicando la/las personas designada/s para recibir esta formación por orden de preferencia.

El anexo cubierto y firmado podrá enviarse por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

Se admitirá como máximo un aspirante por cada AVPC que remita el citado anexo cubierto y firmado.

En caso de que después de aplicar los criterios anteriores quedasen plazas vacantes se admitirá un nuevo aspirante, dentro de los incluidos por las AVPC en el anexo enviado en plazo hasta completar el número de plazas.

2º. Tienen preferencia las personas que estén desempleadas.

3º. Tienen preferencia las mujeres hasta alcanzar el 50 % de las plazas convocadas (artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres). Si no hubiese suficientes solicitudes de participación de mujeres, estas plazas acrecentarán las del turno general.

4º. Tienen preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.

Séptima. Acreditación de la condición de desempleado/a

1. Acreditación de la condición de desempleado/a:

La condición de desempleado/a deberá acreditarse presentando la tarjeta del paro debidamente actualizada.

2. Forma y plazo de presentación:

Los/las solicitantes tienen de plazo hasta el día 14 de septiembre para presentar la documentación que acredite que están en situación de desempleo. Esta documentación deberá presentarse por correo electrónico (formacion.emerxencias.agasp@xunta.es).

La documentación presentada fuera de plazo podrá no ser tenida en cuenta en el proceso de selección para las diferentes actividades formativas.

Octava. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comuniquen su imposibilidad de asistencia con por al menos 48 horas de antelación al comienzo de la misma. Dicha renuncia deberá comunicarse por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Novena. Derechos y deberes del alumnado

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

Décima. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp, mencionado en la base número 8 de esta convocatoria, regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y sólo en los casos en que la inasistencia a las clases estuviese motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. Sin embargo, aunque las ausencias acumuladas no lleguen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de éstas y el comportamiento y actitud de la/el alumna/o a lo largo del curso».

Undécima. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se les entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen el examen en la Escuela Náutico-Pesquera.

Duodécima. Financiación de la actividad

Esta actividad es cofinanciada en un 80 % por el Fondo Social Europeo dentro del programa operativo Fondo Social Europeo de Galicia 2007-2013, en el eje 3, tema prioritario 72.

Decimotercera. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir el curso, ampliar nuevas ediciones del mismo o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 21 de agosto de 2015

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

Anexo
Curso de patrón de navegación básica (PNB)

Nombre de la agrupación de voluntarios de protección civil (AVPC):

Persona/s que proponen para la realización de esta actividad (por orden de preferencia):

DNI

Apellidos

Nombre

Persona de contacto:

Apellidos

Nombre

Cargo

Teléfono

Correo electrónico

Autoridad del ayuntamiento o de la AVPC que firma:

Apellidos

Nombre

Cargo

Firma

Lugar y fecha