A los efectos previstos en el artículo 5 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario e distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP), la solicitud relacionada en el cuadro siguiente inicia el correspondiente trámite de competencia.
Datos de la solicitud:
Empresa solicitante: Repsol Butano, S.A.
Contenido de la solicitud: autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución.
Tipo de instalación: red de distribución de GLP.
Denominación del proyecto: proyecto de autorización administrativa y de ejecución de obra de estación de almacenamiento de GLP y red de distribución para el suministro de gas propano canalizado en el término municipal de A Guarda (Pontevedra).
Núcleo de población de la red: A Guarda (Pontevedra).
Se abre un plazo de 30 días, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución e el Diario Oficial de Galicia, para que:
– Otras empresas distribuidoras de GLP puedan presentar solicitudes en concurrencia con esta solicitud de Repsol Butano, S.A.
– La empresa Repsol Butano, S.A. pueda completar, si lo considera oportuno, su solicitud.
El trámite de competencia se resolverá a favor de la empresa cuyo proyecto obtenga la mayor puntuación, tras su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 9 del Decreto 62/2010, de 15 de abril.
Santiago de Compostela, 8 de junio de 2015
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas