Número de expediente: IN407A 2015/172-1.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Denominación: retranqueo LMT CBA-810, lugar de Lamas.
Ayuntamiento: Zas.
Características técnicas:
Retranqueo línea eléctrica de media tensión aérea CBA -180, a 20 kV, con una longitud de 0,224 km, con origen en apoyo existente nº 116/2 existente de la LMT CBA-810 derivada a CT Gomarís, en el tramo entre el entronque con la línea general y la derivada a el CT Lamas O Vao (expediente 507/08), conductor tipo LA-30 mm2 (existente), y final en el apoyo nº 116/3 existente de la LMT CBA-810, derivada al CT Gomarís, apoyo donde se realiza la derivada al CT Lamas O Vao (expediente 507/08), mediante la elevación de la línea al intercalar un nuevo apoyo proyectado de chapa metálica de tipo CH 17,5/1000.
Legislación de aplicación:
– Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 16, de 19 de enero, y BOE núm. 30, de 4 de febrero).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figuran en el anexo que acompaña a esta resolución.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Esta publicación se hace igualmente a efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de los terrenos propuestos sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se pudiera realizar, y de esta manera dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan sobre éstos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en la Jefatura Territorial de Economía e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, 2-2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días, a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución.
A Coruña, 14 de julio de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
Anexo
Expediente: IN407A 2015/172-1.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Denominación: retranqueo LMT CBA-810, lugar de Lamas.
Ayuntamiento: Zas.
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:
Núm. finca |
Paraje |
Cultivo |
Nombre y apellidos |
Apoyo |
|
Núm. |
m2 |
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1 |
Cortiña |
Prado |
Eladio Lavandeira García |
116/2-1 |
2.0 |