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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Lunes, 3 de agosto de 2015 Pág. 32110

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 17 de julio de 2015 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto (expediente IU1/2/2014-B1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 23 de abril de 2015, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística 107B2006/114-0 como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 27.3.2008, 12.12.2013 y 24.1.2014, en la que se le ordena la demolición de las viviendas nº 2, 3, 4, 5 y 6, dentro de la finca registral nº 10.918, realizadas sin autorización autonómica, en el lugar de playa de Ver, Boebre, en el ayuntamiento de Pontedeume, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Blanco Curros y María del Carmen Souto y Loureiro, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística