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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 3 de julio de 2015 Pág. 27816

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (812/2014 MCR-A).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección Tercera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento recurso de suplicación 812/2014 MCR-A de esta sección, seguido a instancia de José Luis Carro Pita sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por José Luis Carro Pita contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en juicio seguido por el recurrente contra la empresa Talleres Gayolo, S.A. la sala la declara firme.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que se debe preparar mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviese la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida del cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres Gayolo, expido el presente edicto para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 12 de junio de 2015

La secretaria judicial