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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Viernes, 19 de junio de 2015 Pág. 24591

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa, por la que se aprueba la creación y puesta en funcionamiento del Registro de Regalos en el marco del Código ético institucional de la Xunta de Galicia.

En fecha de 19 de septiembre de 2014 fue publicada en el DOG la Resolución de 8 de septiembre de 2014, conjunta de la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa y de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 24 de julio de 2014, por el que se aprueba el Código ético institucional de la Xunta de Galicia.

El Código ético establece los criterios básicos de conducta y responsabilidad profesional en el funcionamiento de la Administración autonómica. Asimismo, contempla las pautas, los criterios, las reglas y las orientaciones que deben observarse en la actuación de las autoridades y demás personal al servicio del sector público autonómico, así como la aplicación del régimen disciplinario y de responsabilidad que proceda.

Posteriormente, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 29 de enero de 2015, aprobó el Programa de impulso democrático de Galicia 2015/16, que responde al compromiso del Gobierno gallego de avanzar en la regeneración democrática y de garantizar una mayor transparencia en el marco de un Gobierno autonómico más abierto y participativo.

En ejecución de dicho programa, la Xunta de Galicia desarrollará en los años 2015/16 diferentes medidas, estructuradas en doce ejes de actuación.

El eje 6 de dicho programa se refiere al impulso y seguimiento de las medidas del Código ético institucional de la Xunta de Galicia y, en concreto, el apartado 4 del mismo incide en la materia de muestras de cortesía y/o atenciones protocolarias. Así, dispone la creación de un registro para el oportuno inventario, localización y seguimiento de las atenciones de cortesía social e institucional recibidas tanto por las autoridades como por el resto del personal autonómico, así como de los obsequios oficiales o de carácter protocolario que se puedan recibir en ejercicio de misiones institucionales cuando, por sus características, deban integrarse en el patrimonio de la Comunidad Autónoma.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el Programa de impulso democrático de Galicia 2015/16,

RESUELVO:

Primero. Objeto y adscripción

1. La presente resolución tiene por objeto la creación y puesta en funcionamiento del Registro de Regalos en el marco del Código ético institucional de la Xunta de Galicia.

2. Este registro consistirá en una base de datos en la que figurará el inventario de los regalos recibidos por los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de dicho código y a través del cual se efectuará su seguimiento y localización.

3. El Registro se adscribirá a la Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa, salvo en los ámbitos sanitario y educativo, en los que la adscripción será a los respectivos órganos internos señalados por estas consellerías.

Segundo. Contenido del Registro

1. El Registro contendrá, al menos, los siguientes datos:

a) El cargo o puesto del destinatario del regalo.

b) Una breve descripción del regalo recibido.

c) La fecha y circunstancias de la recepción.

d) La persona física o jurídica remitente.

e) El carácter y el valor del regalo, indicando si tiene la consideración de muestra o atención de cortesía social e institucional, de obsequio oficial o de carácter protocolario.

f) Las devoluciones practicadas.

g) El destino final dado al regalo en función de su naturaleza, que podrá ser:

– Organizaciones no gubernamentales o similares.

– Integración en el patrimonio de la Comunidad Autónoma.

2. Además de lo anterior, se anotarán en el Registro las consultas formuladas por los destinatarios de los regalos cuando existan dudas razonables sobre su importe, así como la resolución de las mismas por parte de los órganos competentes, de conformidad con lo dispuesto en el Código ético institucional.

Tercero. Notificaciones al órgano competente

Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del Código ético institucional de la Xunta de Galicia deberán notificar a los órganos competentes previstos en el apartado 1.3 de esta resolución los siguientes hechos, al objeto de proceder a su anotación en el Registro:

a) En el supuesto de la recepción de regalos de valor superior a 90 euros y que no tengan el carácter de obsequios oficiales o carácter protocolario:

a.1. Las devoluciones practicadas de conformidad con el apartado V del Código ético institucional.

a.2. La imposibilidad de llevar a cabo la devolución de conformidad con el apartado V.a) del Código ético institucional.

b) La recepción de obsequios de carácter oficial o protocolario que se puedan intercambiar o recibir en ejercicio de misiones institucionales entre gobiernos y todo tipo de autoridades, así como las atenciones enmarcadas en actos públicos o promocionales, cuando su importe sea superior a 90 euros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado V.b.2) del Código ético institucional.

Cuarto. Modelos para consultas y notificaciones

Para efectuar las consultas y notificaciones previstas en la presente resolución, se utilizarán los anexos del Código ético institucional de la Xunta de Galicia disponibles en la dirección:

http://cpapx.xunta.es/codigo-etico

Quinto. Transparencia

1. Del contenido del Registro se dará cuenta al Parlamento de Galicia en el informe anual de seguimiento a elaborar por los órganos que tienen atribuido el control y la gestión del cumplimiento de las obligaciones del Código ético institucional de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo previsto en el apartado VII de dicho código.

2. El informe anual previsto en el apartado anterior estará a disposición de la ciudadanía en el Portal de transparencia y gobierno abierto, previsto en el eje 2 del Programa de impulso democrático de la Xunta de Galicia 2015/16, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el 29 de enero de 2015.

Sexto. Publicidad

Esta resolución será de aplicación desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2015

Natalia Prieto Viso
Directora general de Evaluación y Reforma Administrativa