En fecha 5 de mayo de 2015, la instructora del expediente sancionador 2015005AL-OU formuló la propuesta de resolución a Iago Ananín Blanco DNI 44478811-P, y domicilio en la calle Río Támega, nº 43, de Ourense.
Intentada la notificación de esta propuesta según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo, se notifica a Iago Ananín Blanco, DNI 44478811-P, con domicilio en la calle Río Támega, nº 43, de Ourense, el contenido de la referida propuesta de resolución que figura como anexo para que pueda tener conocimiento del.
Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el apartado Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones, ante esta jefatura territorial, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situada en la avenida de Zamora, nº 13, de Ourense, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La presente cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, quedando supeditada la eficacia de esta notificación a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del BOE.
Ourense, 1 de junio de 2015
María Villar Suárez
Jefa territorial de Ourense
ANEXO
Expediente sancionador: 2015005AL-OU.
Interesado: Iago Ananín Blanco.
DNI/NIF/CIF: 44478811-P.
Última dirección conocida: calle Río Tamega, nº 43, de Ourense.
Hecho imputado: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.
Preceptos infringidos: Reglamento (CE) nº 852/2004, de 29 de abril.
Tipificación: leve.
Sanción propuesta: trescientos euros (300,00 €).