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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Miércoles, 27 de mayo de 2015 Pág. 20802

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 23 de marzo de 2015 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones y de las bateas Ricardo y J.V. II.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Ricardo y J.V. II, y de las concesiones administrativas que los amparan, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escritos de fecha 22.1.2015, Teresa Vázquez Feijóo y José Benito Feijóo Fariña solicitaron autorización para la transmisión de las concesiones de las bateas Ricardo y J.V. II.

Segundo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de las bateas son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero. Este órgano es competente para resolver los expedientes de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, y con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, que la modifica, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de José Benito Feijóo Vázquez (35451672R), de las concesiones que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Ricardo.

Situación:

Cuadrícula nº: 26.

Polígono: C.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 9.3.1981.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: J.V. II.

Situación:

Cuadrícula nº: 155.

Polígono: D.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Especies autorizadas: ostra plana (Ostrea edulis), vieira (Pecten maximus) y zamburiña (Chlamys varia).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 15.11.1961.

Fin de la vigencia: 15.12.2019

Actuales titulares: Teresa Vázquez Feijóo (35398558V) y José Benito Feijóo Fariña (76841742F).

Nuevo titular: José Benito Feijóo Vázquez (35451672R).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber presentado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. El nuevo titular de las concesiones queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 23 de marzo de 2015

P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa de Coordinación del Área del Mar