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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 18 de mayo de 2015 Pág. 19431

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2014/145-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Ayuntamiento de Ames.

Domicilio social: pza. do Concello, 2, Bertamiráns-Ames.

Denominación: CS, CM, LMTS y CT con 2 transformadores de 800 kVA cada uno para abastecimiento en Ames y Brión.

Situación: polígono 504, Pumariño-Ames.

Características técnicas: CS en caseta prefabricada compartida con el CM, con 3 interruptores-seccionadores de 24 kV, 400 A, 16 kA. CM en caseta prefabricada de hormigón con protección general y medida. Aparamenta de maniobra y protección, así como equipo de medida, en cabinas metálicas prefabricadas. LMT subterránea de 1.560 m de longitud en cable 12/20 kV, 1×95 Al. CT en caseta prefabricada de hormigón, con 2 transformadores de 800 kVA, relación 15-20/0,42 kV, en baño de aceite. Aparamenta de maniobra y protección en cabinas metálicas prefabricadas.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquer otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 20 de abril de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña