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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 7 de mayo de 2015 Pág. 18074

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2015 por la que se da publicidad a la resolución de concesión de las ayudas a proyectos colaborativos de capacitación sectorial, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013.

Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2014 se publicó el acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprobó las bases reguladoras de las ayudas a proyectos colaborativos de capacitación sectorial, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013 (DOG núm. 248, de 29 de diciembre) y se procedió a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2015.

Dichas bases establecen en su artículo 10.6 que, con carácter general, no se enviarán notificaciones individuales de la resolución, sustituyéndose la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Igape en la dirección www.tramita.igape.es , a la cual se remitirá desde el texto publicado en el DOG.

En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva de fecha 23.4.2015 de concesión de las ayudas del Igape a proyectos colaborativos de capacitación sectorial, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013, en la dirección www.tramita.igape.es (apartado «Consulta de resoluciones definitivas» http://www.igape.es/gl/oficina-virtual/resolucions-definitivas).

Esta línea de ayudas está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un 80 %, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013 eje 1, tema prioritario 62, por lo que la concesión de esta ayuda supone la aceptación del beneficiario a ser incluido en la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir las obligaciones de información y publicidad comunitaria establecidas en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, y en el artículo 1 apartados 1) y 2) del Reglamento (CE) nº 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009.

Segundo. La resolución definitiva, de fecha 23.4.2015, agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, previamente se podrá interponer un recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2015

Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica