De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que la jefa territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les informa que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la directora general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en este Servicio de Movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Ourense, 9 de abril de 2015
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
OU-01270-O-2014 1980-CSS Guardia Civil 3203 L24919Z |
Transportes Urgentes Raca 2, S.L. B84670132 Vicente Gaos, 3, portal 2, 3º, 1, 28821 Coslada (Madrid) |
La realización de transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización siempre que se acredite que, en el momento de realizarlos, se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente. 5.5.2014; 11.53.00; N532; 3,7 |
Art. 142.1 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
OU-01546-S-2014 8354-HTC Guardia Civil 4547 Z12185Y-L17045A |
Revisol Gas, S.L. B70398011 Sanjurjo de Carricarte, 18-4 E, 15189 Culleredo (A Coruña) |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 5.9.2014; 15.15.00; OU-533; 2,5 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
OU-01750-O-2014 7038-FTX Guardia Civil 3203 T10323A |
Transport Per Carretera Cuadras, S.L. B65330086 Crta. D’agramunt, 13, 25730 Artesa de Segre (Lleida) |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas. 12.8.2014; 8.33.00; A-75; 10,5 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
OU-01759-O-2014 7038-FTX Guardia Civil 3203 T10323A |
Transport Per Carretera Cuadras, S.L. B65330086 Crta. D’agramunt, 13, 25730 Artesa de Segre (Lleida) |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 9 horas). Más de 9 horas hasta 10 horas. 12.8.2014; 8.26.00; A75; 10,5 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
OU-01905-O-2014 1369-GFN Guardia Civil 3202 J53184F |
Transfabero, S.L. B24572109 C/ Doctor Ochoa, 34, 24420 Fabero (León) |
Exceso en el tiempo de conducción bisemanal (90 horas). Más de 90 horas hasta 100 horas. 18.9.2014; 15.59.00; N-120; 461 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |