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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 24 de abril de 2015 Pág. 15726

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Betanzos

EDICTO (43/2014).

Procedimiento ordinario 43/2014

Sobre ejecución de obras, daños y perjuicios

Demandante: Comunidad de Propietarios Avenida Buenos Aires, 6-8

Procuradora: Ana Verónica Sexto Quintas

Abogado: José María Padín Viaño

Demandada: Promorsan, S.L.

Rosana Corral García, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Betanzos, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de Comunidad de Propietarios Avenida Buenos Aires, 6-8 frente a Promorsan, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia:

Juez que la dicta: Barba Alvedro.

Lugar: Betanzos.

Fecha: veinte de enero de dos mil quince.

Vistos por mí, Roberto Barba Alvedro en juicio oral y público, los autos del juicio ordinario nº 43/2014, dicto sentencia en base a los siguientes…

Fallo:

Estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Ana Verónica Sexto Quintas, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Avenida de Buenos Aires, 6-8, Teixeiro, Curtis, y asistido por el letrado José María Padín Viaño, contra la compañía Promorsán, S.L., en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la compañía Promorsán, S.L., a ejecutar cuantas obras y reformas sean necesarias para subsanar las deficiencias existentes en el edificio litigioso, que se describen en la presente demanda que afecta tanto a elementos comunes privativos hasta dejarlos en perfecto estado de uso y habitabilidad ejecutándose por sí misma o a su costa y todo ello de conformidad con el informe pericial emitido por el perito Manuel Porta Rodríguez.

Se condena al abono de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que no es firme y que admite recurso de apelación que deberá interponerse por escrito en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante este juzgado.

Y encontrándose dicha demandada, Promorsan, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Betanzos, 5 de febrero de 2015

La secretaria judicial