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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 23 de abril de 2015 Pág. 15588

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 25 de marzo de 2015, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2015014TA-OU, incoado por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 11 de febrero de 2015, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Ourense acordó el inicio del expediente sancionador 2015014TA-OU, a Felipe Mayo Alonso, DNI 34972890X como responsable del establecimiento café Bikbok, razón social Candelarios Vales, S.L. con CIF B-32424269, con domicilio en calle Abdón Blanco, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense).

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica Felipe Mayo Alonso, DNI 34972890X como responsable del establecimiento café Bikbok, razón social Candelarios Vales, S.L. con CIF B-32424269, el contenido del referido acuerdo de inicio que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, según lo dispuesto en el número 1 del artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situada en la avenida de Zamora, nº 13, Ourense, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que en caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el mencionado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ourense, 25 de marzo de 2015

María Villar Suárez
Jefa territorial de Ourense

ANEXO

Expediente sancionador: 2015014TA-OU.

Denunciado: Felipe Mayo Alonso, DNI 34972890X como responsable del establecimiento café Bikbok, razón social Candelarios Vales, S.L.

DNI/NIF/CIF: B-32424269.

Última dirección conocida: calle Abdón Blanco, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense).

Hecho imputado: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Preceptos infringidos: Ley 28/2005, de 26 de diciembre.

Tipificación: grave

Sanción propuesta: seiscientos un euros (601,00 €).