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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 20 de abril de 2015 Pág. 15058

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (980/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 980/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana María Sampedro Fernández contra Limpiezas Secope, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.

En Santiago de Compostela a veintiséis de marzo de dos mil quince.

El letrado habilitado de la Abogacía del Estado Alejandro Crespí Rodríguez, en nombre y representación del Fondo de Garantía Salarial, ha presentado el 25.3.2015 escrito de formalización del recurso de suplicación.

Acuerdo:

– Tener por formalizado el recurso.

– Dar traslado del mismo a la partes recurridas para su impugnación por un plazo común de cinco días, si así le conviene.

– La impugnación deberá llevar la firma de letrado o graduado social colegiado para su admisión a trámite, quien deberá designar un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ (artículo 198 LJS).

– Conforme al artículo 197.2 LJS, de formularse en el escrito de impugnación alegaciones sobre motivos de inadmisibilidad del recurso, así como eventuales rectificaciones de hecho o causas de oposición subsidiarias aunque no hubieran sido estimadas en la sentencia, y una vez dado traslado de las mismas al resto de las partes, podrán éstas presentar directamente sus alegaciones al respecto, junto con las correspondientes copias para su traslado a las demás partes, dentro de los dos días siguientes a recibir el traslado el escrito de impugnación.

– Transcurrido el plazo, habiendo impugnado el recurso o no, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del TSJ.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el tablón del juzgado.

Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2015

La secretaria judicial