Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 31 de marzo de 2015 Pág. 12610

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 3 de marzo de 2015, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2015080AL-PO incoado por infracciones en materia de seguridad alimentaria.

En fecha 9 de febrero de 2015, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Pontevedra dictó el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2015080AL-PO incoado a la entidad Cárnicas da Paradanta, S.L.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo, se notifica al/a la director/a gerente de la entidad Cárnicas da Paradanta, S.L. el contenido del referido acuerdo que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones, ante esta jefatura territorial, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra; avenida Fernández Ladreda, número 43, 1º y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 3 de marzo de 2015

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2015080AL-PO.

Denunciada: Cárnicas da Paradanta, S.L., con CIF B36277259.

Último domicilio conocido: A Magdalena, s/n, Darbo, 36945 Cangas.

Hechos imputados: supuestas infracciones en materia de seguridad alimentaria. También se confirma la medida cautelar SC 5/15 CAR, de suspensión temporal de la actividad del establecimiento con el número de registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos 10.13167/PO.

Preceptos infringidos:

– Artículos 17 y 18 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requerimientos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

– Artículos 3 y 4.2 del Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

Tipificación: infracción grave, según el artículo 51, apartado 2, párrafo, 3 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción propuesta: cinco mil un euros (5.001,00 €).