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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Jueves, 19 de marzo de 2015 Pág. 11334

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 4 de marzo de 2015 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/68/2013-RP1, devuelta por el servicio de Correos por resultar sus interesados ausentes en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 5 de febrero de 2015 dictó resolución por la que se ordena la restitución al estado original de la rasante natural en el linde sur y lateral derecho de la parcela situada en el camino Altamira, San Pedro da Ramallosa, en el término municipal de Nigrán, provincia de Pontevedra, que no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, así como el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar. La orden de restitución deberá ser ejecutada en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la presente resolución, dando cuenta a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a David Estévez García, Josefa López Rodríguez, Julio César Devesa Regueiro y a los herederos de Cristina Sofía Mosquera López, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística