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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Jueves, 19 de marzo de 2015 Pág. 11250

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DO 1023/2014).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 1023/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jorge Estévez Jamardo contra Limpiezas Secope, S.A., y Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado la Sentencia número 39 cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2015.

Vistos por Carolina Nores Díaz, magistrada jueza en comisión de servicio del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio 1023/2014 seguidos a instancia de Jorge Estévez Jamardo, asistido por el letrado Sr. Blanco Lobeiras, contra la entidad Limpiezas Secope, S.A. que no comparece pese a estar debidamente citada y contra el Fogasa, sobre despido objetivo individual.

(…)

Fallo que debo estimar y estimo la demanda sobre despido formulada a instancia de Jorge Estévez Jamardo, contra la entidad Limpiezas Secope, S.A. y el Fogasa, sobre despido objetivo individual y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido efectuado por la demandada Limpiezas Secope, S.A. extinguiendo la relación laboral a fecha de la sentencia, condenando a la demandada al abono de la cantidad de 3.937,28 euros en concepto de indemnización (al no ser posible la readmisión por cierre de la empresa).

Condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador los salarios de tramitación desde la fecha del despido a la fecha de la extinción de la relación laboral en el día de hoy a razón de 42,11 €/día, lo que da la cantidad de 4.505,77 euros.

Debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2015

La secretaria judicial