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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Jueves, 12 de marzo de 2015 Pág. 10182

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (286/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ejecucion de títulos judiciales número 286/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Castro Pérez, contra la empresa Frutas Frugadi, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto en fecha 19 de febrero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada Frutas Frugadi, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 27.870,25 euros en concepto de principal (23.207,90 euros de indemnización + 4.662,35 euros de salarios y liquidación), más 768,97 euros en concepto de intereses de demora de 4.662,35 euros, más 1.643 euros en concepto de intereses legales de 23.207,90 euros, más 3.028,22 euros en concepto provisional de intereses, gastos y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

d) Llévese el original al libro de decretos, dejando testimonio en las presentes actuaciones.

Notifíquese a las partes y a la ejecutada, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3, abierta en Banco Santander, cuenta nº 5076 0000 64 0286 14. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá ingresarse en la cuenta número 00493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta “5076 0000 64 0286 14”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato
dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Frutas Frugadi, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2015

La secretaria judicial