De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, los interesados deberán abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Lugo, 9 de febrero de 2015
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-01990-O-2014 2896-GGZ Guardia Civil N91728L |
Fontano Coello, Manuel 10153479Z c/ Oliegos, 18 24700 Astorga (León) |
La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas. 1.8.2014; 16.56 N-540; 13,500 |
Artículo 142.17 de la LOTT |
Artículo 143.1.a) de la LOTT |
100 euros |
LU-01996-O-2014 4155-DKD Guardia Civil 1525 C89317F |
Logística Serafín, S.L. B27192863 Lamela, 4 27211 Guntín (Lugo) |
El exceso igual o superior al 2,5 % e inferior al 10 % sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso superior al 2,5 %. 21.7.2014; 16.19 A-8; 575,00 |
Artículo 142.2 de la LOTT |
Artículo 143.1.c) de la LOTT |
301 euros |
LU-02191-O-2014 9424-HNN Guardia Civil 2702 U89694K |
Multad, S.L. B39234935 Bº del Mesón, s/n 39730 Beranga (Cantabria) |
Minoración del descanso diario normal (sobre 11 horas). Igual o superior a 10 horas e inferior a 11 horas. 6.9.2014; 20.30 A-6; 484,0 |
Artículo 142.17 de la LOTT |
Artículo 143.1.a) de la LOTT |
100 euros |
LU-02212-O-2014 1712-DLX Guardia Civil 2702 U89694K |
Transleca, S.L. B15268253 Ferrería, 44 27800 Vilalba (Lugo) |
No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 14.9.2014; 15.55 A-6; 484,0 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |
LU-02215-O-2014 6625-FRW Guardia Civil 2701 F02025Q |
Transportes y Hormigones Silvota, S.L. B33544396 Pg. Silvota-parcela, 38 1 33192 Llanera (Asturias) |
No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 8.9.2014; 15.27 A-6; 474,0 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |
LU-02360-O-2014 4219-HWY Guardia Civil 2701 C30220X |
Transportes Javier García Santos, S.L. B15853740 Regueiro Escuro, 9, San Pedro de Nós 15176 Oleiros (A Coruña) |
El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 18.9.2014; 7.39 A-6; 485,0 |
Artículo 142.2 de la LOTT |
Artículo 143.1.c) de la LOTT |
325 euros |