La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 3 de diciembre de 2014, resolución por la que se declara la caducidad del procedimiento sancionador nº 107 C 2011/061-0, incoado a Elías Prado Díaz y a Mª del Mar Blanco Roca, como presuntos responsables de una infracción urbanística tipificada en la LOUG.
Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, o ante el juzgado de la circunscripción donde el recurrente tenga su domicilio, conforme a lo dispuesto en el artículo 14, regla segunda, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 28 de enero de 2015
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística