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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Viernes, 6 de febrero de 2015 Pág. 5616

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Arteixo (expediente IN407A 2014/143-1).

Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Número de expediente: IN407A 2014/143-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: reordenación LMT SBN-713 y CR Seixeda.

Situación: ayuntamiento de Arteixo.

Características técnicas:

LMT subterránea a CR Seixeda, a 15/20 kV con una longitud de 0,036 km, con origen en el paso aerosubterráneo proyectado a realizar en el apoyo existente nº 46 de la LMT GRN-708, donde se realiza el paso aerosubterráneo al CT avenida Finisterre nº 1 (expediente 2001/89) en conductor RHZ1-20L-12/20 kV 3 (1×240 mm2 Al) y final en celda de línea telecontrolada proyectada en el CR Seixeda (expediente 51276).

Celdas de media tensión en CR Seixeda (expediente 51276) telecontroladas con envolvente metálica de aislamiento SF6.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

A Coruña, 14 de enero de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña